Sentencia nº 135929 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 3, 21 de Mayo de 2008

Fecha de Resolución21 de Mayo de 2008
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 3

= = = AUTOS Y VISTOS: Los de este Expte.Nº B-135929/05, caratulado: "SUCESORIO AB INTESTATO: DOMINGO CADENAS ", y:= = = = = = = = = = = = = C O N S I D E R A N D O = = = = = = = = = = = = Que, con fecha 16 de febrero del año 2.006 se dicta la correspondiente declaratoria de herederos, declarándose tal a su hija legitima SRA. R.D. VALLE CADENAS, a quien se le reconoce la posesión de la Herencia.- - - - - - - - - - - - - - = = = Que, a fs. 43 obra la audiencia prevista por el art. 439 del C.P.C. de la Provincia, en que el DR. O.E.H., solicita se lo designe como P.I.A. y Partidor de los bienes que componen el acervo H., por lo que el Juzgado a fs. 44, la designa en tal carácter, obrando a fs. 44 vlta. el recibimiento del cargo correspondiente.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - = = = Que a fs. 46/47, 49 y 65 de autos obran las operaciones de Inventario y Avaluo, rectificación y ampliacion respectivamente de bienes las que son aprobadas a fs. 53 y 71 de autos.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - = = = Que a fs. 55/61, 69/70 y 72/74 de autos se encuentra acreditado el pago de la Tasa de Justicia, a la transferencia gratuita de bienes.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

= = Que a los fines de la regulación de los honorarios profesionales del Dr. O.E.H., en su carácter de letrado y de P.I., Avaluador corresponde tomando como base imponible el Avaluo aprobado aplicar lo establecido por los Arts. 6 y 16 de la Ley de Aranceles para abogados y procuradores de la matrícula.- - - - - - - - - - -

= = = Que por todo lo expuesto, el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 2 DE LA PROVINCIA DE JUJUY, = = = = = = = = = = = = = = == = R E S U E L V E = = = = = = = = = = = = = = 1) S. el presente juicio sucesorio y adjudiquese los bienes constitutivos del acervo hereditario de la presente sucesión a la Sra. R. DEL VALLE CADENAS, de nacionalidad Argentina, D.N.I. Nº 21.324.728, de estado Civil soltera, con domicilio actual C.N.. 1.l78 del B.M.M. del Departamento Dr. M.B. de la Provincia de J. a quienes se le reconose la posesion de la herencia en un 100 % por ciento, en la totalidad del Inventario practicado y aprobado en autos.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - = = = 2) Regular los honorarios profesionales del Dr. O.E.H., por su labor como Abogado en la suma de PESOS QUINCE MIL CIENTO DIECISEIS ( $ 15.116,00), y como...

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