Sentencia nº 163779 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 1, 1 de Diciembre de 2008

Fecha de Resolución 1 de Diciembre de 2008
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 1

LIBRO: Nº 08/08 FOLIO: Nº

AUTOS Y VISTOS: Los de este Expte. Nº B-163.779/06 - Caratulado: SUCESORIO: C.S. y

CONSIDERANDO:

Que, a fs. 59, obra declaratoria de herederos, en la que se declaran como tal a sus hijos S.. P.S.S., M.D.S., P.T.V.S. y JUSTO MARIO SOLIS.-

Que a fs. 64, se realiza la audiencia prevista por el art. 439 del C.P.C. recayendo la designación como P.I., Avaluador y Partidor de los bienes de la presente sucesión en el Dr. CESAR ANTONIO SING, quién se recibe del cargo a fs. 64vta de autos.-

Que, a fs. 66, obra Inventario y Avalúo de los bienes que componen el acervo hereditario y su aprobación a fs.76, punto III.-

Que, a fs. 71/74, obra escritura Nº 47 de Cesión de Derechos y Acciones Hereditarios efectuado por P.S.S. y otros a favor de C.A.S., pasada por ante la E.M.R.N. en fecha 10 de Marzo del 2006.-

Que, Que, a fs. 87 de autos, obra informe producido por parte de la Dirección Provincial de Rentas en la que informa que el pago de la tasa de justicia ha sido repuesta en su totalidad.-

Que, por lo expuesto el Juzgado:

RESUELVE:

  1. SOBRESEESE el presente Juicio Sucesorio de doña: SEERINA CASTULO, favor de sus hijos P.S.S., M.D.S., P.T.V.S. y JUSTO MARIO SOLIS.-

  2. Adjudicar la totalidad del inmueble inventariado a fs. 66 de autos a favor del CESIONARIO Sr. C.A.S., a mérito de la Escritura Nº 47, de Cesión de Derechos y Acciones Hereditarios.-

  3. Regular los honorarios profesionales del Dr. CESAR ANTONIO SING., por su labor desarrollada en autos en la suma de Pesos SEISCIENTOS SESENTA ($660,00) y como perito I. y Avaluador en la suma de Pesos.OCHO C/26/100 ($8,26).-

  4. Agregar copia en autos, hagase saber, y expídanse testimonio de hijuelas.-

pl.-

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR