Sentencia nº 126601 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 1, 13 de Abril de 2007

Fecha de Resolución13 de Abril de 2007
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 1

LIBRO N§: 06/06 FOLIO N§:

SAN SALVADOR DE JUJUY, Abril 13 del 2.007.-

AUTOS Y VISTOS: Los de este Expte. B-126.601/04 "SUCESORIO Ab-Intestato: H.C.I." del que:

RESULTA:

Que, a fs. 72 obra declaratoria de herederos, en la que se declara como tal a sus hermanos I.H. (fallecida), JULIO SALOMON HISO y LUCIA NORMA MESCONI, M.A.M., quines viene por derecho de representaci¢n de su madre fallecida J.R.H..-

Que a fs. 76 se realiza la audiencia prevista por el Art. 439 del C.P.C., recayendo la designaci¢n de Perito Inventariador y Avaluador de los bienes de la presente sucesi¢n en el Dr. H.A.I..-

Que el Dr. H.A.I. no ha sido designado P.I. y Avaluador de la presente sucesi¢n a los fines de que se reciba del cargo. Que no obstante a fs. 86 obra inventario y avaluo de bienes el cual es aprobado a fs. 95.-

Que fs. 112 de autos, obra informe producido por parte de la Direcci¢n General de Rentas en la que informa que el pago de la tasa de justicia fue regularizada mediante Facilidad de Pago. En cuanto a lo solicitado que no se de curso a la presente causa hasta tanto no se regularice la deuda que se mantiene por impuesto inmobiliario y habida cuenta que conforme el Art. 150 inc. 5 de la C.N.P. le impone al Juez la acci¢n de dirigir el proceso y adem s de hacerlo con celeridad y eficacia, y teniendo la Direcci¢n General de Rentas la posibilidad de ejecutar su credito por la via del apremio, estimo que no se puede hacer lugar a la paralizaci¢n de la causa por los motivos expuestos. .-

Que, por todo ello el Juzgado.-RESUELVE:

  1. Designar al Dr. H.A.I., como perito inventariador, avaluador de la presente sucesi¢n quien debera recibirse del cargo por ante el actuario de autos.-

  2. Al pedido de paralizaci¢n de la causa solicitada por la Direcci¢n General de Rentas de la Provincia, no ha lugar en virtud de los fundamentos expuestos en los considerando del presente.-

  3. SOBRESEER el presente juicio Sucesorio de C.H.H. favor de sus hermanos I.H. (fallecida), JULIO SALOMON HISO y LUCIA NORMA MESCONI, M.A.M., quines viene por derecho de representaci¢n de su madre fallecida J.R.H., a quienes se le reconoce la posesi¢n de la herencia en las proporciones de Ley.- II.- Adjudicar de los bienes inventariados a fs. 86 de autos a favor de a sus hermanos I.H. (fallecida), JULIO SALOMON HISO y LUCIA NORMA MESCONI, M.A.M., quines viene por derecho de representaci¢n de su madre fallecida J.R.H., en condominio y en partes iguales.-

  4. Surgiendo de autos que existen sumas...

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