Sentencia nº 60707 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 1, 3 de Abril de 2007
Fecha de Resolución | 3 de Abril de 2007 |
Emisor | Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 1 |
LIBRO N§: 06/06 FOLIO N§:
SAN SALVADOR DE JUJUY, Abril 03 del 2.007.-
AUTOS Y VISTOS: Los de este Expte. B-60.707/00 "SUCESORIO Ab-Intestato: ODSTRCIL, R." del que:
RESULTA:
Que, a fs. 55 obra declaratoria de herederos, en la que se declara como tal a su conyuge superstite A.D.B. y a sus hijos M.E., R.I. y M.S.O.B..-
Que a fs. 66, se ordena la acumulaci¢n del Expte. N§ 73170/01 "S.O.R., a la presente causa, en la cual actua el Dr. J.A.N., en el cacter de apoderado del Sr. R.M.O.C..-
Que a fs. 77, se ordena la ampliaci¢n de la declaratoria dictada a fs. 55, en la cual se amplia en favor del heredero R.M.O.C., en el caracter de hijo del causante.-
Que a fs. 114 de autos obra audiencia de conciliaci¢n en la cual comparecen el Dr. B.B. y el Dr J.N. y manifiestan que seguiran en tratativas extrajudiciales. Donde el Juzgado resuelve pasar a cuarto intermedio.-
Que a fs. 135 de autos las partes presentan convenio de partici¢n de bienes en la cual por una parte la Sra. A.D.B., en la calidad de conyugue y en representaci¢n de sus hijos menores M.E., R.I. y M.S.O.B., por una parte y por la otra el Sr. R.M.O.C., convienen la cuota parte que le corresponde a este ultimo del hacervo hereditario.-
Que corrida la pertinente vista al Defensor de Menores este no formula oposici¢n al convenio presentado.-
Que a fs. 139 el convenio celebrado el Juzgado lo tiene presente en los t‚rminos del Art. 838 del C.C. y 121 del C.P.C..
Que con el libramiento de fondos efectivizado a fs. 192 de autos, se tiene por cumplido el convenio celebrado a fs. 135 de autos.-
Que a fs. 215 se realiza la audiencia prevista por el Art. 439 del C.P.C., recayendo la designaci¢n de Perito Inventariador y Avaluador de los bienes de la presente sucesi¢n en la Dra. M.G.B. quien acepta el cargo a fs. 216 vta. de autos.-
Que a fs. 226 obra inventario, avaluo y partici¢n de bienes el cual es aprobado a fs. 232.- Que fs. 239 de autos, obra informe producido por parte de la Direcci¢n General de Rentas y con las constancias agregadas a fs. 240 acredita el pago de la tasa de justicia que fue regularizada en su totalidad y que los inmuebles inventariados no registran deuda del impuesto inmobiliario.-
Que, por todo ello el Juzgado.-RESUELVE:
-
SOBRESEER el presente juicio Sucesorio de ODSTRCIL RODOLFO favor de los herederos declarados en auto su conyuge superstite A.D.B. y a sus hijos M.E., R.I. y M.S.O.B. y R.M.O.C., a quienes se le reconoce la posesi¢n de la herencia en las proporciones de...
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