Sentencia nº 20740 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 12, 24 de Abril de 2007

Fecha de Resolución24 de Abril de 2007
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 12

Autos y Vistos: Los del presente Expte. NºB-20740/97, caratulado:"Sucesorio: LIQUIN, D.", y

Considerando: Que, a fs.81, se presenta el Dr.Hugo N.C., en nombre y representación de P.L.L. y L.L.L., manifiesta que en autos se ha denunciado como herederos a L. delC.L. y N.D.L., sin informar que a esa fecha los mencionados se encontraban declarados incapaces, tal como surge del Expte.NºB-124060/04, caratulado:"Declaración de Insania designación de curador L.L.P., por L., L. delC. -L., N.D.", en que consta que el Sr. L.L., P., fue designado curador de los mencionados incapaces. Que, a fs.95, la Defensora de Menores, e Incapaces, dictamina, que se debe disponer la apertura del sucesorio de L.A., y que se debe intimar al letrado a denunciar si se promovio el respectivo juicio de incapacidad. Que, a fs.99, el Dr. C., informa al juzgado que por su parte no inició juicio por declaración de incapacidad de L. delC. y N.D.L., por lo que solicita se amplie la declaratoria de herederos a favor de su mandante L.L.L., e inclusive a favor de los hijos incapaces L. delC.L. y N.D.L..

Que, con el acta de nacimiento de fs.6, se acredita el vínculo de L.L.L., con el causante.

Que, con las actas de nacimientos de fs.7 y 5, se acredita el vínculo de L. delC.L., y N.D.L., con el causante.

Que, corrido vista a la Sra.Defensora de Menores e Incapaces, la misma a fs.104, dictamina, que se debe ampliar la declaratoria de herederos declarando como tales a sus representados L. delC.L. y N.D.L.. Que, a fs.114, la Actuaria informa que los autos se encontraban traspapelados y son habidos en el dia de la fecha, y se ordena el pase al Ministerio Público Fiscal, quién a fs.115, dictamina, que se ha dado cumplimiento a lo dictaminado por el Ministerio Público Fiscal, a fs.93vta. que la Dra.Marisa R. de D., ha emitido dictamen a fs.104, que se encuentra agregado por cuerda el Expte.NºB-124060/04: "Declaración de Insania Designación de C.L.L.P., por L., L. delC. -L., N.D.", en el que consta que el Sr.Pedro L.L., ha sido designado curador de los incapaces y se ha recibido del cargo a fs.81/81vta. Por lo que estima que se puede hacer lugar a la ampliación de declaratoria de herederos solicitada.

Por todo ello, el Juzgado Civil y Comercial Nº 6:

RESUELVE:

  1. -Ampliar la declaratoria de herederos de fs.59/ 59vta. declarar en consecuencia que por el fallecimiento de D.D.L., D.N.I.Nº 3.984.258,hecho ocurrido el día 24 de abril de 1.990, en San Salvador de Jujuy, D.. Dr. M.B. de esta...

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