Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 14 de Febrero de 2012, C. 711. XLVI

Sentido del falloDESESTIMA - RECURSO DE QUEJA
Fecha14 Febrero 2012
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

C. 711. XLVI.

RECURSO DE HECHO Cooperativa de Obras y Servicios Públicos Sociales y Vivienda El Bolsón Ltda. c/ Estado Nacional – Ministerio de Planificación Secretaría de Estado – resolución 419/09 (ex.

S01:402598/07) s/ medida cautelar autónoma.

Buenos Aires, 14 de febrero de 2012 Vistos los autos: “Recurso de hecho deducido por el Estado Nacional - Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios en la causa Cooperativa de Obras y Servicios Públicos Sociales y Vivienda El Bolsón Ltda. c/ Estado Nacional – Ministerio de Planificación Secretaría de Estado – resolución 419/09 (ex. S01:402598/07) s/ medida cautelar autónoma”, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación dio origen a la queja en examen, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se la desestima. D. perdido el depósito de fs.

43.

N. y, oportunamente, archívese.

ELENA I.

HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE S.P. -J.C.M.;- E. RAÚL ZAFFARONI - CARMEN M. ARGIBAY.

ES COPIA Recurso de hecho deducido por el Estado Nacional – Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, demandado en autos, representado por el Dr. J.I.C., con el patrocinio letrado del Dr. A.E.;Scarano. Tribunal de origen:

Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, S.;V.T. que intervino con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal nº 9. -1-

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