Sentencia nº 155480 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 4, 13 de Junio de 2007

Fecha de Resolución13 de Junio de 2007
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 4

= = = AUTOS Y VISTOS: Los de este Expte. Nº B-155480/06, caratulado: "PREPARA VIA EJECUTIVA: COMPAÑÍA FINANCIERA ARG. SA. C/MAMANI, M.", de los que :

= = = = = = = = = = = = R E S U L T A = = = = = = = = = =

= = = Que, a fs. 8 se presenta el Dr. J.P.R.C., en nombre y representación de la razón social COMPAÑIA FINANCIERA ARG. S.A., a deducir formal demanda ejecutiva en contra de MAMANI, M., persiguiendo el cobro de PESOS QUINIENTOS NOVENTA Y UNO C/ 51/100 CTVS. ($ 591,51) proveniente de un salde de resumen de cuentas de tarjeta de crédito suscripto por la demandada, y que no fuera abonado, hasta la fecha. Pide se libre mandamiento de pago, ejecución y embargo por la suma reclamada, con más sus intereses, gastos y costas.-

= = = Que, citada de remate la parte demandada, ésta no se presentó a oponer excepciones legítimas dentro del plazo previsto para hacerlo, el que se encuentra vencido a la fecha, por lo que corresponde hacer efectivo el apercibimiento decretado.-

= = = Que, la actora ha solicitado en tiempo hábil, los intereses correspondientes desde el vencimiento de cada documento hasta su efectivo pago. -

= = = Que, oportunamente se ha corrido traslado a la accionada de tal petición a los fines de que la misma pueda hacer valer las defensas que considere pertinentes.

= = = Que, con respecto a los intereses solicitados por la actora corresponde aplicar la tasa activa promedio que publica mensualmente el Banco de la Nación Argentina en sus operaciones de descuentos de documentos comerciales y hasta su efectivo pago, con más el 50 % de los intereses punitorios de lo que resulte de los compensatorios.-

= = = Que, en cuanto a las costas, considero de aplicación lo normado en el Art. 102 del C.P.C., que manda imponerla a la vencida.-

= = = Que, para la regulación de los honorarios profesionales debemos tener en cuenta las disposiciones últimas dictadas por el Excmo. Superior Tribunal de Justicia .-

= = = Que por todo lo expuesto, el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 2 DE LA PROVINCIA DE JUJUY,

= = = = = = = = = = = R E S U E L V E = = = = = = = = = = =

= = =1) Mandar llevar adelante la presente ejecución interpuesta por COMPAÑÍA FINANCIERA ARG. S.A. en contra de M., M. hasta hacerse el acreedor íntegro pago del capital reclamado o sea la suma de PESOS QUINIENTOS NOVENTA Y UNO C/ 51/100 CTVS.($ 591,51) con más los intereses que correspondan desde la mora y hasta el efectivo pago de lo adeudado, de conformidad a la tasa...

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