Sentencia nº 100751 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 8, 29 de Marzo de 2007

Fecha de Resolución29 de Marzo de 2007
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 8

AUTOS Y VISTOS:

el expte N.. B-100751/03 caratulado “DESALOJO POR INTRUSOS I.N.B.C.I.D., FITCHER HABLAOS ROBERTO, ANACHURI LUCIA; APAZA CONEPCION N; A.D.M. Y BARRIOS ESCALANTES CATALINO Y OTROS”, del que,

RESULTA:

Que a fs. 1/20 de autos se presenta la Dra. R.N.B.D.A. en nombre y representación de la Dra. N.B.I., a mérito del Poder General para juicios agregado a la causa, promoviendo demanda de desalojo por intrusos o tenedores precarios en contra de todos los ocupantes ilegales que detentan el inmueble de propiedad de la citada, individualizado como circunscripción UNO, S.S., P. TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO, Padrón A 46409, ubicado en Bajo la Viña, manifestando que solo se ha podido identificar a I.D., R.F.A., LUCIA ANACHURI, CONCEPCIÓN N. APAZA O NIEVES CONCEPCIÓNA APAZA, D.M.A., C.B.E., R.B., A.M.B., A.M.B., E.C. o L.C., B.C., ELSA CARI, F.C., B.C., M.C.. J.D.C.. M.C., A.C., M.C., CARMEN DAVILA, N.D., J.R.D., M.D., I.R.D., R.D., A.M.D., A.R.D., C.R.D., E.D., M.C.D., M.M. o M.M., M.B.D., P.A.D., PERPETUA D.D., S.R.D., J.E., B.R.E., N.F., A.A.F., E.F., E.D.G., JULIO GONZALEZ, EUSEBIO o E.G., ROSARIO GUARI, H.G., Y.G., S.F.G., T.M.I., D.O.I., J.J.L., J.M., D.M., J.C.M., C.M., C.A.M., O.M., ADA MARTINEZ, O.B.M., F.O.M., J.D.V.M., MERCEDES NIEVES, M.N., F.O., P.P., J.P., B.M.V.P., F.R.P., P.Q., R.Q., R.D.Q., I.Q., G.Q., J.C.Q., GLORIA ROSA RAMOS, ELEUTERIA RODRÍGUEZ, S.S. o S.S. o S.Z., J.R.S., JULIO V.S., G.E. SORIANO o ESTER SORIANO, L.S., JILY ELY SALINAS, R.T., JULIO RUBEN TOLABA, M.T., J.C.T., M.V., S.V., M.V., V.V.V., P.V., I.V., R.L.V., o R.L.B., E.V. y JULIAN YANIQUE. Fundamenta el objeto de la demanda. Cita derecho, doctrina y jurisprudencia. Ofrece prueba y formula petitorio.-

A fs. 21 la actora amplia demanda.-

A fs. 22 se tiene por presentada a la D.R.B. de A. y se ordena correr traslado de demanda.-

A fs. 25 se presentan CARMEN DOMÍNGUEZ, A.M.B., G.L.S., A.D.M., H.Y.G., J.C.T., C.M., V.P. y D.J.C. con el patrocinio letrado del D.M.J.F., solicitan franqueo de autos y suspensión de términos, lo que se provee a fs. 26.-

A fs. 27 se presenta la Dra S.I.M. en nombre y representación de GUARI ROSARIO SIMEON, solicita personería de urgencia, pide suspensión de plazos.-

A fs. 28 a 44 obran cedulas de notificación diligenciadas.-

A fs. 78 se presenta la Dra. S.I.M. en nombre y representación de R.L.V., D.O.I., B.C., JULIO RUBEN TOLABA, S.F.G., G.L.S., J.C.T., GLORIA ROSA RAMOS, E.F., , C.E.D., M.C., A.M.B., M.S.V., S.L.V., P.N.F., D.M.A., S.R.D., J.R.D., H.Y.G., C.A.M., C.R.D., A.M.B., M.C.D., M.D., N.D.V.D., D.J.M., I.R.D., J.D.V.M., J.M.P., P.E.P., R.S.G., EVARISTA BATALLANOS, M.C., V.V.V., D.P.D., F.O.L. y ELSA CARI con cartas poder que se agregan a fs. 45 a 77, solicita suspensión de términos para contestar la demanda, lo que se prevé a fs. 79.-

A fs. 91/92 se presenta la Dra. C.C.G. en nombre y representación de T.M.I., M.B.D., M.M.N., J.E., E.D.G., B.M.D.V.P., G.M.Q., ELEUTERIA RODRÍGUEZ, C.G.F., ASUNCIONA IGNACIO y CATALINO BARRIOS ESCALANTE, cuyas carta poder se agregan a fs. 80/90, presentación que se provee a fs. 96.-

A fs. 97/99 la Dra S.I.M. acredita personería en nombre y representación e MARIA DE LOS ANGELES TOLAY y A.R.D.. Y a fs. 100/105 hace lo propio con los S.C.A.M., J.R.D., R.L.V., F.O.L., P.N.F.. Por lo que a fs. 106 se suspenden los plazos para contestar demanda a favor de los citados.-

A fs. 113 la Dra MACIEL acredita personería por el Sr. F.I.V., reiterando el pedido de suspensión de términos.-

A fs. 118 a 135 se presenta el Dr. M.J.F. en nombre y representación de P.V.. Contesta demanda. Formula negativa de hechos. Alega la falta de acción de la actora y la improcedencia del desalojo; la calidad de poseedor de la demandada en relación a la actora; la pérdida de posesión del inmueble por parte de la actora; la falta de individualización concreta del inmueble reclamado por la actora. Solicita citación al Estado Provincial como tercero obligado. Formula conclusión. Solicita beneficio de justicia gratuita. Ofrece Pruebas. Formula petitorio.-

A fs. 139/564 la Dra. S.I.M. contesta demanda por sus representados. Formula negativa de hechos. Aduce improcedencia de la acción de desalojo contra sus mandantes que detentan lo posesión animus domini y la improcedencia de la acción de desalojo contra poseedores por contrato de comodato. Manifiesta que hay poseedores que están en condiciones de plantear la prescripción adquisitiva. Solicita citación de tercero coadyuvante y audiencia de conciliación. Ofrece prueba. Pide beneficio de justicia gratuita. Formula petitorio.-

A fs. 570 a 629 contesta demanda la Dra. C.C.G. por sus representados. Formula negativa de hechos. Opone excepción de falta de legitimación. Solicita se cite como tercero interviniente a la Dirección de Inmuebles. Pide suspensión de trámite. Ofrece pruebas. Formula petitorio. Lo que se provee a fs. 635.-

A fs. 643 a 648 la parte actora contesta el traslado conferido, el que se provee a fs. 649, ordenándose la citación como tercero interviniente del estado Provincial.-

A fs. 655 a 658 se presenta la Dra. I.E.L., P.F., con el patrocinio letrado de la Dra. C.M.C.C., y solicita el franqueo de autos, lo que se provee a fs. 659.-

A fs. 660 a 663 se presenta la Dra. M.B.T., interponiendo recurso de revocatoria con apelación en subsidio en contra de la providencia de fecha 22 de agosto que dispone la citación del Estado Provincial a intervenir en la presenta causa en el termino de cinco días de su notificación, disponiéndose la substanciación con la actora a fs. 663 vta.-

A fs. 666 la actora solicita la exclusión del Estado Provincial como tercero.-

A fs. 666 vta. se substancia el recurso con la parte demandada representada por el Dr. Fiad, traslado que se contesta a fs. 668.-

A fs. 669 se ordena correr traslado del recurso a la parte que representa la Dra. S.M., el que se contesta a fs. 671.-

A fs. 671 vta se ordena correr traslado del recurso a la parte representada por la Dra. C.G..-

A fs. 673 se hace lugar al recurso incoado ordenándose que el plazo para cumplir con lo dispuesto a fs. 649 es de diez días.-

A fs. 679 la Dra. Torres contesta demanda y formula negativas generales. Expone los hechos. F.. Sostiene la improcedencia de la acción de desalojo y la falta de responsabilidad el Estado. Cita derecho. Ofrece Prueba. Formula petitorio.-

A fs. 687 vta. se tiene por contestada la demanda y se ordena correr traslado de la misma a la actora.-

A fs. 689 la parte actora contesta traslado. Ofrece contraprueba y pide audiencia de conciliación.-

A fs. 694 la parte que representa el DR. Fiad contesta traslado y solicita desglose del escrito obrante a fs. 644/648.-

A fs. 697 la parte representada por la Dra. S.I.M. contesta traslado.-

A fs. 699 vta. se fija una audiencia de conciliación, la que se lleva a cabo a fs. 705.-

A fs. 715 se ordena la apertura de la causa a prueba por el termino de veinte días.-

A fs. 744 a 904 se produce la prueba ordenada en autos.-

A fs. 905 se clausura el período probatorio y se llaman autos para alegar.-

A fs. 918 vta. se llaman autos para sentencia, providencia que se encuentra firme y consentida. Y,

CONSIDERANDO:

Que , la cuestión a dilucidar en la presente acción, se refiere a si se encuentra demostrado, el derecho personal de los peticionantes a requerir del demandado, la restitución del uso y del goce del inmueble, sin adentrarnos en cuestiones que exceden ese análisis. Y a la vez, si el ocupante tiene una obligación de restituir que sea exigible.-

Al respecto, la parte actora manifiesta que el inmueble objeto de desalojo individualizado como CIRCUNSCRIPCIÓN UNO, SECCION SIETE, PARCELA PARCELA TRESCIENTOS SETENTA Y SEIS-CINCO, Padrón A-46409, ubicado en Bajo la Viña, es de copropiedad de la actora, conforme surge de Escritura Pública Nro. 318, cuya copia rola a fs. 03/06 de autos, en donde se da cuenta de que el mismo ha sido adquirido en condominio junto a A.L.I. y M.G.I.. Aduce la actora que al encargar a su hermano las tareas de loteo del inmueble, se dio con la novedad de que el mismo se encontraba ocupado por familias asentadas de manera ilegal, quienes se encontraban construyendo sus viviendas. Que, estas familias argumentaron tener permisos otorgados por la Dirección General de Inmuebles y que el Estado Provincial iniciaría todas...

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