Sentencia nº 4602 de Superior Tribunal de Justicia de Jujuy, 6 de Noviembre de 2006

Fecha de Resolución 6 de Noviembre de 2006
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de Jujuy

(Libro de Acuerdos Nº 49, Fº 4876/4877, Nº 957). San Salvador de Jujuy, República Argentina, a los seis días del mes de noviembre de dos mil seis, los señores Vocales del Superior Tribunal de Justicia, D.. S.R.G., H.E.T. y J.M. delC., y la señora Vocal de la Sala II dela Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, Dra. L.E.B., llamada a integrar el Cuerpo en razón de las constancias obrantes en la causa, conforme lo dispuesto mediante A.N. 63/05, bajo la presidencia del primero, vieron el Expte. Nº 4602/06, caratulado: “Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expediente Nº 69/05 (Sala I - Cámara Penal): C., M.A. p.s.a. abuso sexual con penetración –El Carmen”.

El D.G. dijo:

El 4 de abril de 2.006, la Sala Primera de la Cámara en lo Penal resolvió –por mayoría- condenar a M.A.C., a la pena de tres años de prisión, por encontrarlo autor responsable del delito previsto en el art. 120, primer párrafo del Código Penal.

Para así resolver, sostuvieron los sentenciantes que el hecho acreditado reúne todos y cada uno de los elementos tipificantes del delito de estupro (art. 120, primer párrafo del Código Penal), a saber, la edad de la víctima, quien a la fecha del hecho era menor de dieciséis y mayor de trece años de edad, el aprovechamiento que hizo C. –29 años- de la inmadurez de la menor y el acceso carnal resultante de tal seducción y aprovechamiento.

Contra ese pronunciamiento, M.A.C. con el patrocinio letrado de la Dra. A.V.M., promueve recurso de inconstitucionalidad por sentencia arbitraria.

Sostiene que el fallo ha incurrido en desaciertos que lo descalifican como acto judicial puesto que violenta los principios procesales, tales como el Principio de Tipicidad, Principio de Inocencia, Presunción Pro-reo y el Principio Acusatorio. Considera que no confluyen los tres factores que exige el tipo penal previsto en el art. 120 del Código Penal para la procedencia de una sentencia condenatoria –aprovechamiento de la inmadurez sexual para abusar sexualmente de una persona-, en tanto no se acredita el aprovechamiento para mantener la relación sexual y se tiene por acreditado la inmadurez sexual de la menor basándose en presunciones y desconociéndose las pruebas obrantes en el expediente (informe médico, testimonial dela Sra. M., exposición de M.B.A.).

Agrega, que la parte acusadora ejercida por el Sr. Fiscal de Cámara y el querellante adhesivo, no probó ni ofreció probar el aprovechamiento del estado de inferioridad de la menor. El...

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