Sentencia nº 20281 de Tribunal del Trabajo Sala IV de Provincia de Jujuy, de 31 de Octubre de 2006

Fecha de Resolución31 de Octubre de 2006
EmisorTribunal del Trabajo Sala IV

VISTO :

El presente Expte. Nº A-20281/03 caratulado : “Indemnización por Despido y otros rubros : JEREZ, O.A. y JEREZ, M.G. c/ CHAVEZ, J.A.”, donde habiéndose cumplido por parte del perito contador CPN M.G.O. con lo ordenado en el punto 2 de la Sentencia de Autos de fecha 17/03/2006 que rola a fs. 179/182, corresponde aprobar la planilla de liquidación, y establecer el monto de condena en la suma de $ 31.958,21, regular los honorarios de los profesionales intervinientes y de los peritos actuantes; en consecuencia en base al monto de planilla de condena y aplicando los arts. 3, 6 y 7 de la Ley de Aranceles Nº 1687/46, la Acordada Nº 14/86 del Superior Tribunal de Justicia, y el art. 277 de la L.C.T., la Sala IV del Tribunal del Trabajo de la Provincia de Jujuy :

RESUELVE

  1. Aprobar la planilla de liquidación practicada por el perito contador CPN M.G.O., estableciendo como monto de condena que deberá abonar el demandado J.A.C. a los actores O.A.J. y M.G.J., la suma de $ 16.977,54 y $ 14.980,67, respectivamente, con más los intereses del B.C.R.A. (tasa pasiva uso justicia) desde la fecha de este decisorio y hasta su efectivo pago.-

  2. Regular los honorarios profesionales de los Dres. N.H.E., D.A.D., V.D.M. y Dr. F.M.P. en las sumas de $ 3.834,97, $ 1.917,49, $ 1.342,24 y $ 2.674,48 respectivamente, por sus labores desarrolladas en Autos los que devengarán idéntico interés que el capital hasta su efectivo pago.-

  3. Regular los honorarios profesionales del perito actuante CPN M.G.O. en la suma de $ 575,24, que devengará idéntico interés que el capital hasta su efectivo pago.-

  4. Regular los honorarios profesionales del Dr. N.H.E. en la suma de $ 958,74, por su intervención en expediente Nº A-19935/03 : Cautelar de Embargo Preventivo y $ 1.917,49 en Expte. Nº A-20.235/03 : Cautelar de Aseguramiento de Pruebas y Embargo Preventivo. Asimismo, regular los honorarios del Dr. D.A.D. en la suma de $ 958,74 por su actuación en el Expte. Nº A-19935/03 : Cautelar de Embargo Preventivo, los que devengarán idénticos intereses que el capital hasta su efectivo pago.-

    V.-Ordenar que los pagos se realicen mediante depósito judicial en Banco Macro Bansud Suc. S.P. a la orden del Tribunal y como pertenecientes a estos obrados, bajo apercibimiento de ley en caso de incumplimiento.-

  5. Reiterar la intimación a los Dres. D.A.D. y V.D.M. a acompañar estampilla profesional y boleta de aportes previsionales, y al Dr. N.H.E. estampilla profesional, en el expediente...

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