Sentencia nº 97590 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 2, 23 de Marzo de 2006

Fecha de Resolución23 de Marzo de 2006
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 2

LIBRO FOLIO

AUTOS Y VISTOS

Los de este expediente Nro B-97.590/03, caratulado “Acción de Simulación: A.J.A. c/ Emma Argentina Colautti Ley c/ C.A.M.A.”.-

RESULTA:

  1. - Que, comparece la Dra G.M.I. – en nombre y representación de del Sr. J.A. y E.A.C. - y promueve juicio ordinario por simulación a fin de que se declare simulado el mutuo y la constitución de hipoteca instrumentado por escritura pública Nro 25 de fecha, 16 de Febrero del 2001 y realizada ante el Escribano L.E.C.G..-

  2. - Que, en cuanto a los hechos que fundamentan su demanda, expres que los actores adquirieron sendos inmuebles – cuya individualización efectúan – por los que pagaron la suma de dólares U$S 118.000, y agregan que para abonar el precio celebraron un contrato de crédito con garantía hipotecaria y creación de letras hipotecarias con el Banco Sudameris por la suma de U$S 84.000, dicha suma fue entregada a la vendedora S.A.C..

  3. - Agrega, que además celebraron un contrato de mutuo con garantía hipotecaria y por la suma de pesos $ 30.000, expresándose en la cláusula primera, un supuesto prestamo de dinero que no existió jamás, ya que la declaración fue engañosa, ya que la real operación celebrada entre las partes es una compraventa celebrada mediante escritura pública N º 23.-

  4. - En cuanto al objeto de la simulación, expresa que se procuró garantizar el cobro de la deuda por parte del precio del inmueble vendido, eludiendo la responsabilidad del vendedor por la evicción y vicios redhibitorios de la cosa vendida y por este argumento se expresa que el acto es ilícito, ya que la vendedora promovió en contra de la actora, ejecución hipotecaria pese a que esta última le había comunicado de la existencia de vicios ocultos de la cosa entregada, solicitando la disminución del precio y bajo apercibimiento de iniciar acción redhibitoria, por la gravedad de los vicios ocultos.

  5. - Advierte que el propósito del negocio simulado tuvo por finalidad asegurar el pago del remanente del precio del inmueble vendido, ya que tiene la posibilidad de ser desapoderada de otro inmueble de su propiedad sobre el cual se realizó la hipoteca.

  6. - Luego de diversas alternativas procesales, se contesta demanda a (fojas 67/72), efectúa un negativa genérica a todos los hechos aducidos por la demandante, y aduce a su favor los siguientes extremos:

  7. - Que, la señora A.C., es actualmente jubilada, fue maestra, luego empleada pública, negando que estuviera involucrada en actividades inmobiliarias.

  8. - Agrega que desde el año 1990, la demandada reside en la ciudad de La Plata, donde estudian sus hijos, la casa la obtuvo por adjudicación luego de anotado el divorcio con su ex – cónyuge, la que se encuentra ubicada en un Barrio residencial de Jujuy.-

  9. - Afirma que no hay nada reprobable en el negocio jurídico celebrado pues el objeto fue siempre garantizar el saldo de precio de la compraventa de un inmueble, cita abundante doctrina.-

  10. - En cuanto a los antecedentes de esta operación, afirma que se hizo bajo el asesoramiento de la inmobiliaria y que vendido el inmueble la demandada recibió la suma de dólares U$S 75.000,00; y el saldo de precio por la venta o sea la suma de dólares U$S 30.000 se instrumentó mediante un mutuo hipotecaria sobre otro inmueble del Sr. A., ya que le Banco hipotecaba el inmueble en primer término por el préstamo del inmueble vendido ya que una hipoteca en segundo grado a favor de la Señora Cañazares por el saldo del precio, no garantizaba en forma suficiente el cobro.

  11. - Afirma que...

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