Sentencia nº 207179 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 12, 9 de Abril de 2010

Fecha de Resolución 9 de Abril de 2010
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 12

Autos y Vistos: Los del presente Expte.NºB-207179/09, caratulado:"Sucesorio ab-intestato: ZAMBRANO, J.C.", y

Resulta:Que, a fs.10/10vta., se presenta el Dr.Juan G.B., en nombre y representación de M.A.E. y quién a su vez actua en nombre y representación de su hija menor de edad M.A.I.Z., solicitando la apertura de la sucesión ab-intestato de D.J.C.Z., quién falleció el dia 19 de Marzo del 2008, en esta ciudad de San Salvador de Jujuy, Dpto.Dr. M.B. de esta provincia de Jujuy.

Que, a fs.12, se declara abierta la sucesión del causante y se ordena la publicación de edictos, los que obran agregados a fs.25/28 los del "Boletín Oficial",y a fs.23/24, los del diario "El Tribuno de Jujuy", en donde se publicaron los edictos de ley.

Que, a fs.35, se fija fecha para la audiencia prevista por el Art. 437 del C.P.C.,la que se lleva a cabo a fs.39, con el comparendo del Dr. J.G.B., que cedida que le fue la palabra al citado profesional el mismo manifiesta, que con el acta de defunción de fs.6,se acredita el fallecimiento del causante, J.C.Z., y con el acta de matrimonio de fs.7, se acredita el vínculo matrimonial de M.A.E., con el causante, y de nacimiento obrante a fs.8,se acredita la vocación hereditaria de M.A.I.Z., con el causante. Que, en autos se han publicados los edictos de ley los que rolan a fs.23/28,y el término acordado en los mismos ha vencido, sin que hallan comparecido otros herederos o interesados a reclamar derechos por lo que solicitan se dicte la correspondiente declaratoria de herederos a favor de las nombradas en el carácter de herederas del causante.

Que, corrido vista al Ministerio Público Fiscal, el mismo a fs.40, dictamina que encontrándose cumplimentados los recaudos formales y sustanciales, vista la causa, considero que S.S., salvo más elevado criterio, deberá dictar sentencia de Declaratoria de Herederos.

Que,a fs.42, se presenta M.A.I.Z., con el patrocinio letrado del Dr.Juan G.B., habiendo alcanzado la misma la mayoría de edad conforme Ley Nº26579.

Considerando:Que, con el acta de defunción de fs.6, se acredita acredita el fallecimiento de J.C.Z., D.N.I.Nº17.262.653, acaecido el día 19 de Marzo del año 2008, en esta ciudad de San Salvador de Jujuy, D.. Dr. M.B., de esta provincia de J..

Que, con el acta de matrimonio de fs.7, se acredita el vínculo matrimonial de M.A.E., con el causante.

Que,con las acta de nacimiento de fs.8, se acredita el vínculo de M.A.I.Z., con el causante.

Que, el plazo otorgado en los edictos ha vencido sin que se presentarán otras personas, fuera de las acreditadas en autos a reclamar derechos. Que, a mérito de ello y lo dispuesto por el...

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