Sentencia nº 40375 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 18, 26 de Noviembre de 2010

Fecha de Resolución26 de Noviembre de 2010
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 18

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AUTOS Y VISTOS: Los del presente RECONSTRUIDO Expte. Nº A-40375/09, caratulado: “Incidente de nulidad de donación deducido por S.B.L. en el Expte. Nº A-39.450/08 caratulado: “Desalojo: S.A. Bellido c/ S.B.L. y/o terceros ocupantes” del que;

RESULTA: Que a fs. 13 se dispone la reconstrucción de presente causa para lo cual se intima a los letrados a traer las copias que obraren en su poder. Notificados los mismos, con la providencia de fs. 43 se tiene por cumplida la intimación y reestructurado el expediente que se integra ahora con las partes esenciales del mismo según siguiente detalle: demanda (fs. 17/21); contestación de demanda (fs. 23/28); contestación de hechos nuevos (fs. 10/11); con las constancias del expediente el llamado de autos para sentencia (fs. 46). En la demanda, S.B.L. con el patrocinio letrado del Dr. R.A.M. deduciendo incidente de nulidad de donación de inmueble en contra de S.A. Bellido, incidente que se promueve como accesorio al expediente principal Nº A-39.450/08, caratulado: “Desalojo: S.A. Bellido c/ S.B.L. y/o terceros ocupantes”, procurando por esta vía se declare la nulidad de la donación del único inmueble propiedad del donante, celebrado en 05/03/08 mediante escritura pública Nº 59; también procura el suspenso de los plazos que estuvieran corriendo en autos principales hasta tanto recaiga resolución en esta causa. Argumenta que existen derechos sucesorios respecto del donante fallecido y cuyo juicio sucesorio se tramita por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 8, Secretaría Nº 15. Corrido traslado de demanda, contesta el Dr. R.R.B. en nombre y representación de la accionada y opone excepciones de falta de personería e incompetencia, como previas, y en subsidio contesta demanda, en síntesis, oponiéndose a la pretensión del actor. Contestados hechos nuevos, teniéndose presentes las constancias incorporadas en la causa y llamados autos para sentencia, la providencia se encuentra notificada y firme por lo cual la causa se encuentra en estado de resolver.

Y CONSIDERANDO: 1.- Que, en autos S.B.L. con el patrocinio letrado del Dr. R.A.M. promueve incidente de nulidad de donación de inmueble en contra de S.A. Bellido, incidente que se promueve como accesorio al expediente principal Nº A-39.450/08, caratulado: “Desalojo: S.A. Bellido c/ S.B.L. y/o terceros ocupantes”, procurando por esta vía se declare la nulidad de la donación del único inmueble propiedad del donante, celebrado en 05/03/08...

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