Sentencia nº 210639 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 7, 24 de Agosto de 2010

Fecha de Resolución24 de Agosto de 2010
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 7

AUTOS Y VISTOS:

el expte N.. B-210639/09 caratulado “DESALOJO: MIGUEZ DE BERNIS BENIGNA NATIVIDAD C/ PALACIO M.L.”, del que,

RESULTA:

Que a fs. 01/13 de autos se presenta la Sra. B.N.M.D.B. con el patrocinio letrado del Dr. C.G.T., promoviendo demanda de desalojo por vencimiento de contrato de locación en contra de M.L. PALACIO solicitando se ordene el desalojo de la nombrada y la restitución del inmueble sito en calle M.A.N. 150 de la ciudad de San Pedro de Jujuy, de propiedad de la actora. Manifiesta que en fecha 4 de septiembre de 2.003 suscribió con la demandada un contrato de locacion sobre el inmueble objeto de la presente litis fijándose como monto del contrato para el otorgamiento de la tenencia del inmueble el equivalente al pago de los servicios de alumbrado, barrido y limpieza, agua potable y servicios corrientes del inmueble. Se pacto que la fecha de vencimiento del contrato tendría lugar a dos años de su celebración, por lo que el contrato vencía el 31 de agosto de 2.005, por lo que entiende que de conformidad a lo dispuesto por el art. 1609 del Código Civil le asiste al locador el derecho de pedir la inmediata restitución de la cosa. Señala que la demandada permaneció ilegítimamente en el inmueble desoyendo los numerosos requerimientos verbales, habiéndose remitido carta documento para la restitución del inmueble, la que no fue retirada del local del correo aunque se dejo el correspondiente aviso de visita. Cita derecho. Ofrece prueba. F. petitorio.-

A fs. 14 se tiene por presentada a la parte actora y se ordena correr traslado de la demanda a la Sra. M.A.Z..-

A fs. 17 rola acta de notificación.-

A fs. 19/23 se presenta la Sra. M.L. PALACIO con el patrocinio letrado de la Dra. CARMEN SOCORRO MORALES. F. negativa de hechos. Manifiesta que es cierto que suscribió un contrato de locación con la actora pero que vencido el mismo se continuo verbalmente con la locacion bajo los mismos términos que los suscriptos y que ambas partes manifestaron su interés en realizar la compraventa a favor de la demandada del inmueble cuya restitución se reclama. Que reconoce y acepta los términos de la demanda y su obligación de entregar el inmueble a su propietaria pero que sigue interesada en la compra del inmueble. Agrega que no recibió ninguna carta documento ni aviso de visita por lo que considera de aplicación el art. 1609 del Código Civil. Ofrece pruebas. Cita derecho. F. petitorio.-

A fs. 25 se ordena correr traslado de la contestación de...

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