Sentencia nº 188482 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 2, 28 de Mayo de 2010

Fecha de Resolución28 de Mayo de 2010
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 2

Libro: F.:

AUTOS Y VISTOS: el presente Expte. Nº B-188.482/08, caratulado: "S.G.N.",

RESULTA :

Que a fs. 2 se presenta la Dra. L.B.T. con el patrocinio letrado de la Dra. A.M.I., apoderadas de G.G. y de Q.C., promoviendo la apertura del Sucesorio de N.G., L.C.9.648.167, fallecida el 12 de octubre de 2.005, en San Salvador de Jujuy, Departamento Dr. M.B., de esta provincia.

Que, a fs.19 se ordena la apertura del sucesorio, mandándose a publicar los edictos respectivos, los que se encuentran agregados en autos (fs.28/29vlta).

Que a fs. 32 se ordena la audiencia prevista por el Art. 437 del C.P.C. la que se encuentra cumplimentada a fs.38.

Que a fs.40 obra la resolución en la que se declara únicos y universales herederos a los hijos sus hijos G.G., DNI.8.191.101 y Q.C., DNI.5.009.572

Que a fs.40 se ordena la realización de la audiencia prevista por el Art. 439 del CPC., la que es cumplimentada a fs.43, designándose P. inventariadora, avaluadora y partidora a la Dra. L.B.T..

Que, a fs.47 obran las operaciones de inventario y avalúo del bien que compone el acervo hereditario, el que es aprobado a fs.50. Y,

CONSIDERANDO:

Que, con el acta de defunción obrante a fs.12 se acredita el fallecimiento de N.G., L.C.9.648.167, hecho ocurrido el 12 de octubre de 2.005, en San Salvador de Jujuy, Departamento Dr. M.B., de esta provincia.

Que con los instrumentos de fs. 13 y 14, se prueba el vínculo filial de G.G. y Q.C., con la causante.

Por todo ello,

RESUELVO:

  1. -Habiéndose liquidado la tasa de justicia, dispongo sobreseer la presente sucesión de N.G., L.C.9.648.167, a favor de los herederos declarados en autos, los hijos G.G., DNI.8.191.101 y Quintina CONDORI, DNI.5.009.572

  2. -Adjudicar el 1/4 avas partes, del bien que conforma el acervo hereditario, inventariado a fs.47, individualizado como Matrícula A-14679-43262, a cada uno, G.G., DNI.8.191.101 y Quintina CONDORI, DNI.5.009.572.

  3. -Adjudicar el 1/2 avas partes, a cada uno, del bien automotor que conforma el acervo hereditario, inventariado a fs.47, individualizado como Dominio Y-011678, marca FIAT , modelo 600.

  4. -Regular los honorarios profesionales de las Dras. L.B.T. y A.M.I., la suma de $2.976,00 y $6.944,00, respectivamente, por la labor desarrollada en autos.

  5. -Regular los honorarios profesionales de la Dra.Luisa B.T. la suma de $465,00 por su labor como P.I., avaluador.

  6. -Librar testimonio de hijuela, cuyo labrado estará a cargo de la Dra. L.B.TEJERINA, facultándosela para su...

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