Sentencia nº 241988 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 5, 3 de Diciembre de 2010

Fecha de Resolución 3 de Diciembre de 2010
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 5

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AUTOS Y VISTOS: Los de este Expte. B-241.988/10 caratulado: “INCIDENTE DE NULIDAD EN EXPTE. Nº B-228.539/10 CACCIATO, R.A.C.S.A.”, de los que:

RESULTA:

Que, a fs. 15/18 se presenta el Dr. R.E.N. en nombre y representación del Sr. R.A.C. en mérito a la copia juramentada de la Escritura de Poder General para Juicios que acompaña; en tal carácter deduce el presente incidente a fin de que se declare la nulidad de todo lo actuado en el expediente principal, Nº B-228.539/10 “EJECUTIVO: CREDINEA S.A. C/CACCIATO, R.A.”, a partir de la notificación del traslado de la demanda ejecutiva.

Expresa como fundamento de su petición, que su mandante tiene su residencia en calle P. delP. Nº 729 del Barrio Ciudad de Nieva de ésta ciudad. Que, tanto el traslado de la demanda ejecutiva como la notificación de la sentencia de trance y remate, se practicaron en el domicilio donde vive su hija, sito en Viltipico Nº 450. Agrega que al ser los encuentros entre ambos esporádicos, recién el día 06 de octubre del corriente año tomó conocimiento de que se “encontraba judicialmente demandado”.

Manifiesta que al no ser notificado en su domicilio real, se lo colocó en total estado de indefensión el que se tradujo en la imposibilidad de oponer las excepciones y defensas que hacían al derecho de su parte. Agrega mayores fundamentos y consideraciones a los que me remito en honor a la brevedad.

Cita derecho, ofrece pruebas y solicita se haga lugar al presente incidente con costas a la contraria.

Que, corrido el traslado de ley, a fs. 25/26 se presenta el Dr. J.L.A. en nombre y representación de CREDINEA S.A., en mérito a la personería que tiene acreditada a fs. a fs. 4/5 del expediente principal.

Contesta el traslado conferido solicitando su rechazo con fundamento en que el demandado al suscribir el pagaré ejecutado, informó a su mandante el domicilio donde se efectuó la notificación, lo que prueba con la copia de la hoja del DNI del ejecutado donde consta el cambio del domicilio. Expresa además que éste no expresó el perjuicio sufrido ni tampoco lo ha demostrado. Finalmente ofrece pruebas y solicita el rechazo del incidente de nulidad.

Que, mediante providencia de fs. 29 se declara la cuestión como de puro derecho y se llaman autos para sentencia, la que a la fecha se encuentra firme y consentida por las partes. Y,

CONSIDERANDO:

Que, en autos el incidentista solicita la nulidad de todo lo actuado en el juicio principal a partir de la notificación del traslado de la demanda. El primer argumento enderezado a ello radica en la falta de notificación al domicilio real del demandado de los actos procesales cumplidos en la causa a partir de la interposición de la demanda.

Que, para abordar esta cuestión es menester señalar en primer término, que de las constancias del expediente principal surge que el domicilio en el que se requirió de pago al demandado, como así también en el que se notificó la sentencia de trance y remate dictada en su contra, es el...

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