Sentencia nº 240193 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 1, 1 de Septiembre de 2011

Fecha de Resolución 1 de Septiembre de 2011
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 1

Libro: F.:

AUTOS Y VISTOS: el presente Expte. Nº B- 240.193/10, caratulado: "S.A.F.",

RESULTA:

Que a fs. 08/09 y vta. se presenta la Sra Yolanda Concepción Dalmacia Tregini Vda. De Alvarez y el Sr. R.O.A. con el patrocinio letrado del D.S.E.C., promoviendo la apertura del Sucesorio de ALVAREZ FIDEL, L.E. 3.598.102, fallecido el 09 de octubre de 1.994, en Moron Provincia de Buenos Aires.

Que, a fs. 10 se ordena la apertura del sucesorio, mandándose a publicar los edictos respectivos, los que se encuentran agregados en autos (fs. 16/22).

Que a fs. 46 rola informe de secretaria que los emplazamientos de los edictos de autos se encuentra vencidos y se ordena la audiencia prevista por el Art. 437 del C.P.C. la que se encuentra cumplimentada a fs.49.

Que a fs. 51 rola el dictamen del Ministerio Público Fiscal, entendiendo que deberá el actor acreditar en forma fehaciente por otros medios de prueba, que el último domicilio del causante fue esta provincia, en defecto de ello estimo salvo mas elevado criterio que V.S. es incompetente para entender el presente proceso sucesorio, el mismo a fs. 52 se pone a conocimiento de los letrados intervinientes,a fs. 62 el Dr. S.C. adjunta documentación solicita declaración de competencia y se prosiga con el trámite, a fs. 68 se agrega Información Sumaria para acreditar el último domicilio del causante firman D.A.B. y H.A..

Que a fs. 74 rola agregado Dictamen Fiscal emitido por la Dra. S.F. donde manifiesta wque habiéndose acreditado la vocación hereditaria y cumplidos los trámites procesales de rigor, es de opinión que puede V.S.D. declaratoria de herederos conforme se solicita en la audiencia que fuera fijada a efectos del art. 437 del C. P.C. y cuyo resultado obra a fs. 49 de autos.

CONSIDERANDO:

Que, con el acta de defunción obrante a fs.4, se acredita el fallecimiento del causante, A.F., L.E. 3.598.102, hecho ocurrido el 09 de octubre de 1.994 en Morón, Provincia de Buenos Aires.

Que, con el instrumento de fs. 05/05 y vta. se prueba el vinculo matrimonial de YOLANDA CONCEPCIÓN DALMACIA TREGINI VDA. A.L.C. Nº 837.759 con el causante, que con el instrumento de fs. 07 y vta. se prueba el vinculo...

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