Sentencia nº 46830 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 16, 14 de Septiembre de 2011

Fecha de Resolución14 de Septiembre de 2011
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 16

AUTOS Y VISTOS: Los del presente Expte. Nº A- 46.830/10, caratulado: “SUCESORIO AB-INTESTATO de D.A.D.B.”,

Y CONSIDERANDO: Que a fs. 39 se presenta el Dr. C.F.D.C., en representación del Sr. R.C. y solicita autorización para que el mismo, en su Administrador Judicial de la Sucesión, pueda realizar los trámites necesarios para gestionar ante el Registro Nacional de la Propiedad del Automotor la Cédula Azul del vehículo marca CHEVROLET DOMINIO JIW 344, a fin de poder circular por distintas provincias.

Que, advirtiendo que en las presentes actuaciones el solicitante, ha sido designado administrador judicial de la sucesión y que en la misma ha sido declarado junto a sus dos hijos menores herederos de la causante.

Que, el vehículo automotor es un bien relicto y que es usado en beneficio de los herederos de la sucesión, puede hacerse lugar a lo solicitado, disponiéndose la autorización para gestionar ente las oficinas del Registro Nacional de la Propiedad del Automotor la correspondiente Cédula Azul para circular con el vehículo mencionado.-

Por lo que:

RESUELVO: I) Conceder autorización judicial al Sr. R.C., DNI. 10.008.437, para realizar los trámites necesarios ante las autoridades del Registro Nacional de la Propiedad del Automotor, D.S.P. de Jujuy, a los efectos de gestionar la Cedula Azul a su nombre, del vehículo automotor marca CHEVROLET, DOMINIO JIW 344, solo si se encuentra registrado a nombre de la Sra. A.D.B.D.. Nº 6.513.736, facultándoselo a firmar toda la documentación que a tal fin sea...

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