Sentencia nº 10802 de Quinta Cámara Civil de Apelaciones de la Provincia de Mendoza, Primera Circunscripción, 14 de Agosto de 2008
Ponente | RODRIGUEZ SAA, MARTINEZ FERREYRA, GIANELLA |
Fecha de Resolución | 14 de Agosto de 2008 |
Emisor | Primera Circunscripción |
Expte: 10.802
Fojas: 317
En la ciudad de Mendoza, a los catorce días del mes de agosto del año dos mil ocho, se reúnen en la Sala de Acuerdos de la Excma. Cámara Quinta de Apela-ciones en lo Civil, Comercial, M., de Paz y T. de la Primera Circuns-cripción Judicial, los Srs. Jueces titulares de la misma Drs. A.M.R.-dríguezS. y J.E.S.Q., integrando la misma el Dr. H.G.-lla la recusación efectuada a fs. 296 en los términos del art. 12, inc. II, del C.P.C. respecto del Dr. O.M.F., y trajeron a deliberación para resolver en definitiva la causa Nº 2008/3/4F- 10.802, caratulada "J.S.B.C.P.R.C. POR DIV. VINCULAR CON-TENCIOSO”, originaria del Cuarto Juzgado de Familia de la Primera Circuns-cripción Judicial, venida a esta instancia en virtud del recurso de apelación inter-puesto a 243 contra la sentencia dictada a fs. 235/239.
Llegados los autos al Tribunal, a fs. 267 se ordena ex-presar agravios, lo que se cumple a fs. 272/281. Corrido el traslado de ley, a fs. 308/312 se contesta el recurso, quedando los autos en estado de resolver a fs. 315.
Practicado el sorteo de ley, quedó establecido el si-guiente orden de votación: Drs. R.S., M.F. y G..
En cumplimiento de lo dispuesto por los arts. 160 de la Constitución Provincial y 141 del C.P.C., se plantearon las siguientes cuestiones a resolver:
PRIMERA CUESTION: Es justa la sentencia apela-da?
SEGUNDA CUESTION: C..
SOBRE LA PRIMERA CUESTION EL DR. RODRIGUEZ SAA DIJO:
-
Que en primera instancia se hace lugar a la deman-da por divorcio promovida por la parte actora y se rechaza la reconvención de-ducida por el accionado.
En el primer caso, el Inferior consideró que no solo no se habían desarrollado en la demanda los hechos invocados por la actora para alegar la causal prevista en el art. 202, inc. 2°, del C.. Civil sino que además tampoco se habían probado. Por el contrario, da por acreditada la existencia de injurias graves basándose para ello en las testimoniales rendidas a fs. 190/196 y en la evaluación psicológica de fs. 124.
Respecto a la reconvención, entiende la Sra. juez a-quo que se ha probado el trato injuriante de la actora hacia el demandado en la empresa donde éste trabaja sin que ocurra lo mismo con las alegadas actitudes confusas por parte de la accionante con terceras personas de sexo masculino. Sin embargo, consideró que el primer hecho no posee la entidad suficiente para constituirse en causal de divorcio.
La sentencia es apelada por el demandado-reconviniente quien, al fundar su recurso, señala que se ha incurrido en errores y omisiones en la valoración de las pruebas producidas, por lo que pide que se re-voque la sentencia dictada en su contra y se haga lugar a la reconvención plan-teada.
Si bien admite que los jueces no están obligados a ponderar todas las pruebas rendidas sino las que sena conducentes para fundar su conclusión, entiende que sin embargo esta facultada fue incorrectamente uti-lizada en el caso ya que se valoraron dos de los cinco testimonios ofrecidos por su parte. Se refiere en particular a la omisión de considerar el testimonio del Sr. S.M. y considera que existe una defectuosa valoración de la testimo-nial de la Srta. C.M., novia del hijo de las partes y que relata hechos presenciados por ella o contados por su novio. Se refiere también al tes-timonio del Sr. C. con quien la actora tuvo una conversación con trato impropio en la cual amenazó con hablar con el dueño del establecimiento, Sr. C., cosa que posteriormente hizo y que se ve corroborada con el informe de fs. 101.
Entiende que de las pruebas rendidas surge su buen concepto como padre, vecino, trabajador, etc. y objeta la valoración de su con-ducta efectuada en la solo se hace referencia a dos extremos sin hacerse alusión a hechos que tengan entidad para fundar esas afirmaciones, agregando que nin-gún testigo ha presenciado actos de violencia física o psíquica sino que se basan en dichos de la actora.
Finalmente destaca que no se ha...
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