Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 29 de Noviembre de 2011, D. 305. XLVII

Fecha29 Noviembre 2011
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

D. 305. XLVII.

RECURSO DE HECHO De Chiara, S.E. c/G., O.C. s/ liquidación de sociedad conyugal.

Buenos Aires, 29 de noviembre de 2011 Vistos los autos:

Recurso de hecho deducido por J.B.M. en la causa De Chiara, S.E. c/G., O.;Carlos s/ liquidación de sociedad conyugal

, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que la queja por denegación del recurso extraordinario no ha cumplido con el requisito establecido por el artículo 7°, inciso c, del reglamento aprobado por la acordada 4/2007.

Por ello, se la desestima. D. perdido el depósito de fs.

30.

N. y, oportunamente, archívese.

R.L.L. -E.I.

HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE S.P.;- JUAN CARLOS MAQUEDA.

ES COPIA Recurso de hecho interpuesto por J.B.M., por derecho propio. Tribunal de origen: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil (Sala D). Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado de Primera Instancia en lo Civil n° 83. -1-

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