Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 8 de Noviembre de 2011, C. 589. XLVI

Fecha08 Noviembre 2011
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

C. 589. XVLI.

RECURSO DE HECHO C., J.A. c/ Administración Nacional de la Seguridad Social s/ (Materia:

Previsional) ejecución previsional.

Buenos Aires, 8 de noviembre de 2011 Vistos los autos: “Recurso de hecho deducido por la actora en la causa C., J.;Alberto c/ Administración Nacional de la Seguridad Social s/ (Materia:

Previsional) ejecución previsional”, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación dio origen a la presente queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima esta presentación directa.

N., devuélvanse los autos principales y archívese la queja.

R.L.L. -E.S.P. -J.;CARLOS MAQUEDA - E. RAÚL ZAFFARONI.

ES COPIA Recurso de hecho interpuesto por J.A.C., representado por el Dr. P.;Juan Setendjian. Tribunal de origen: Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social. Tribunales que intervinieron con anterioridad:

Juzgado Federal de Primera Instancia de la Seguridad Social N° 8. .

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