Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 1 de Noviembre de 2011, C. 519. XLVII

Fecha01 Noviembre 2011
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

Competencia Nº 519. XLVII.

A., W.H. s/ inf. art.

  1. , ley 13.944.

Buenos Aires, 1 de noviembre de 2011 Autos y Vistos:

Por los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor P.;Fiscal a los que corresponde remitirse en razón de brevedad, se declara que deberá entender en la causa en la que se originó el presente incidente, el Juzgado Nacional en lo Correccional nº 7, al que se le remitirá. Hágase saber al Juzgado en lo Penal, C. y de Faltas nº 30, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. E.;I. HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA - E.

RAÚL ZAFFARONI - CARMEN M. ARGIBAY.

ES COPIA -1-

Para acceder al dictamen de la Procuración General de la Nación ingrese a:

http://www.mpf.gov.ar/dictamenes/2011/ECasal/agosto/A_W_Comp_519_L_XLVII.pdf Incumplimiento de los deberes de asistencia familiar - Competencia ordinaria -2-

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