Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 27 de Septiembre de 2011, D. 1. XLVII

Fecha27 Septiembre 2011
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

D. 1. XLVII.

D. de la Vega, L.M. c/ Banco Patagonia S.A y otro por habeas data.

Buenos Aires, 27 de septiembre de 2011 Vistos los autos:

D. de la Vega, L.M. c/ Banco Patagonia S.A y otro por habeas data

.

Considerando:

Que el recurso extraordinario es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se lo desestima.

Con costas.

N. y devuélvase. ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA - E.

RAÚL ZAFFARONI - CARMEN M. ARGIBAY.

ES COPIA Recurso extraordinario interpuesto por el Banco Central de la República Argentina, representado por el Dr. J.H.C., en su condición de apoderado judicial. Traslado contestado por L.M.D. de la Vega, actora, con el patrocinio letrado de los Dres. J.;Manuel Peláez y G.;José Carena. Tribunal de origen: Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba, Sala B. Tribunal que intervino con anterioridad: Juzgado Federal n° 3 de Córdoba. -1-

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