Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 6 de Septiembre de 2011, B. 512. XLVII
Fecha | 06 Septiembre 2011 |
Emisor | Suprema Corte de Justicia (Argentina) |
B. 512. XLVII.
Banco de la Nación Argentina c/ Herederos de L., A.H. s/ ejecución hipotecaria.
Buenos Aires, 6 de septiembre de 2011 Vistos los autos:
Banco de la Nación Argentina c/ Herederos de L., A.;Héctor s/ ejecución hipotecaria
.
Considerando:
Que el recurso extraordinario de fs.
75/85 no satisface los recaudos establecidos en el art. 1° del reglamento aprobado por la acordada 4/2007.
Por ello, se desestima el recurso extraordinario planteado.
Sin costas en atención a que no ha habido contestación al traslado dispuesto en el art.
257 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.
N. y devuélvase.
ELENA I.
HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA - CARMEN M. ARGIBAY.
ES COPIA Recurso extraordinario interpuesto por el Banco de la Nación Argentina, representado por el Dr. J.M.M., con el patrocinio del Dr. M.T.. Tribunal de origen: Juzgado Federal n° 2 de Bahía Blanca. -1-
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...B. 512. XLVII. Banco de la Nación Argentina c/ Herederos de L., A.H. s/ ejecución Buenos Aires, 29 de noviembre de 2011 Autos y Vistos; Considerando: Que las sentencias del Tribunal no son susceptibles de ser revisadas por vía del recurso de reconsideración, revocatoria o nulidad, excepto e......
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