Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 30 de Agosto de 2011, C. 1523. XLIII

Fecha30 Agosto 2011
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

C. 1523. XLIII.

Carrefour Argentina S.A. s/ ley 22.802 expte.

SO1.0271425/04.

Buenos Aires, 30 de agosto de 2011 Vistos los autos:

Carrefour Argentina S.A. s/ ley 22.802 expte. SO1.0271425/04

.

Considerando:

Que el recurso extraordinario es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, y habiendo dictaminado el señor P.F., se lo desestima.

Con costas.

N. y devuélvase.

R.L.L. -E.I.

HIGHTON de NOLASCO - JUAN CARLOS MAQUEDA - E.

RAÚL ZAFFARONI (según su voto)- CARMEN M.

ARGIBAY.

ES COPIA VO-1-

C. 1523. XLIII.

Carrefour Argentina S.A. s/ ley 22.802 expte.

SO1.0271425/04.

TO DEL SEÑOR MINISTRO DOCTOR DON E. RAÚL ZAFFARONI Considerando:

Que la sentencia contra la que se dirige el recurso extraordinario no ha sido dictada por el superior Tribunal de la causa (art. 14 de la ley 48).

Por ello, y habiendo dictaminado el señor P.F., se lo desestima. Con costas. N. y devuélvase. E.

RAÚL ZAFFARONI.

ES COPIA Recurso extraordinario interpuesto por Carrefour Argentina S.A., actora en autos, representada por el Dr. A.J.L.G., en calidad de apoderado. Traslado contestado por el Estado Nacional, Ministerio de Economía y Producción, demandado en autos, representado por la Dra. G.A.M., con el patrocinio letrado de las Dras. S.M.P. y M. Ida Ricardone. Tribunal de origen: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico. Sala A. -3-

Para acceder al dictamen de la Procuración General de la Nación ingrese a:

http://www.mpf.gov.ar/dictamenes/2010/casal/agosto/c_argentina_c_1523_l_xliii.pdf Defensa del consumidor - Multas - Lealtad comercial -4-

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