Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 16 de Agosto de 2011, T. 103. XLVII

Fecha16 Agosto 2011
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

T. 103. XLVII.

RECURSO DE H.T., C.;Eugenio y otros c/ Banco Central de la República Argentina s/ resol. 303/04.

Buenos Aires, 16 de agosto de 2011 Vistos los autos:

Recurso de hecho deducido por S.F.C. en la causa T., C.E. y otros c/ Banco Central de la República Argentina s/ resol. 303/04

, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el escrito de interposición de la queja, además de no cumplir con uno de los requisitos establecidos por el art. 4° del reglamento aprobado por la acordada 4/2007, no logra refutar el fundamento de la resolución denegatoria del recurso extraordinario.

Por ello, se desestima el recurso de hecho planteado.

D. perdido el depósito de fs.

35.

N. y, oportunamente, archívese. E.;I. HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA - CARMEN M. ARGIBAY.

ES COPIA Recurso de hecho interpuesto por el Dr. S.F.C., representado por el Dr. I.;Abel Uriburu. Tribunal de origen:

Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal. -1-

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR