Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 4 de Agosto de 2011, P. 721. XLVI

Fecha04 Agosto 2011
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

P. 721. XLVI.

RECURSO DE HECHO Poder Legislativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires c/ Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires s/ conflicto de poderes.

Buenos Aires, 4 de agosto de 2011 Vistos los autos:

“Recurso de hecho deducido por E.A.L., P.G.L.V. y R.A.G. en la causa Poder Legislativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires c/ Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires s/ conflicto de poderes.

Considerando:

Que las cuestiones promovidas en estas actuaciones son substancialmente análogas a las examinadas y resueltas en la causa P.726.XLVI “Poder Ejecutivo de la Ciudad de Buenos Aires c/ Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires s/ conflicto de poderes”, sentencia de la fecha, a cuyas consideraciones y conclusión corresponde remitir por razones de brevedad.

Por ello se desestima la queja y se da por perdido el depósito de fs. 230. Reintégrense los depósitos de fs. 239, por no corresponder. N. y, oportunamente, archívese. RICARDO LUIS LORENZETTI - ELENA I.

HIGHTON de NOLASCO (según su voto)- CARLOS S. FAYT - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA - CARMEN M. ARGIBAY.

ES COPIA VO-1-

P. 721. XLVI.

RECURSO DE HECHO Poder Legislativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires c/ Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires s/ conflicto de poderes.

TO DE LA SEÑORA VICEPRESIDENTA DOCTORA DOÑA ELENA I. HIGHTON de NOLASCO Considerando:

Que ante el desistimiento de la doctora D.U. a su postulación en el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires, la cuestión es abstracta.

Por ello, se declara abstracta la cuestión planteada. Reintégrense los depósitos.

N. y devuélvase.

ELENA I.

HIGHTON de NOLASCO.

ES COPIA Recurso de hecho interpuesto por E.A.L., P.G.L.;Vergara y R.;Andrés Gallardo, con el patrocinio letrado del Defensor General del Ministerio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires doctor M.;Jaime Kestelboim y de la Defensora General Adjunta doctora G.;ElenaC.. -3-

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