Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 12 de Julio de 2011, M. 508. XLIV

Fecha12 Julio 2011
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

M. 508. XLIV.

RECURSO DE HECHO M., F.;Tomás y otros c/ Provincia de Córdoba.

Buenos Aires, 12 de julio de 2011 Vistos los autos: “Recurso de hecho deducido por la actora en la causa M., F.T. y otros c/ Provincia de Córdoba”, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación dio origen la queja en examen, es inadmisible (art.

280 del Código Procesal, Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, de conformidad con lo dictaminado por la señora Procuradora Fiscal, se desestima la queja.

N., devuélvanse los autos principales y, oportunamente, archívese.

R.;LUIS LORENZETTI - ELENA I. HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA - CARMEN M. ARGIBAY.

ES COPIA Recurso de hecho deducido por F.;Tomás Morales; S.;Alberto Idiarte; G.M.;Rubiolo; N.;Ibis del Valle Saavedra; G.;María Tagle Frías de F.; H.R.V.; J.L.A.; C.S.R.; H.T. delC.; J.R.M.I.; R.M.O. de Olmos; A.;Carlos Carballo; J.A.;Sappia Obregón; F.;Alberto Pertile; E.;Andrés Zapata; J.;José Parodi; A.I.M. de de P.; Estela Cáceres de Vargas; J.A.P.; R.E.;Torres; E.;Aníbal de San Roque Fuembuena; C.;Alberto Rodríguez Quehee; R.D.B.; H.M.R.G.; P.A.N.; C.L.L.; L.;Carlos Colalillo; C.;Etinot de G.; G.;Irma García Lillo; y R.;Maguini de V., actores en autos, representados por los Dres. J.;HoracioG., R.;E. Sánchez Brígido y J.;José Sosa en calidad de apoderados. Tribunal de origen: Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de Córdoba. Tribunales que intervinieron con anterioridad:

Juzgado Civil y Comercial de la 34ª Nominación de Córdoba; y Cámara Segunda en lo Civil y Comercial de Córdoba. -1-

Para acceder al dictamen de la Procuración General de la Nación ingrese a:

http://www.mpf.gov.ar/dictamenes/2009/monti/ago-sept/4/morales_fernando_m_508_l_xliv.pdf Remuneraciones - Magistrados Judiciales - Funcionarios judiciales - Leyes provinciales - Intangibilidad - Emergencia económica -2-

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