Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 23 de Junio de 2011, C. 967. XLVI

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

C. 967. XLVI.

RECURSO DE HECHO C., L. c/ Administración Nacional de la Seguridad Social y otro s/ (materia:

previsional) reajustes varios.

Buenos Aires, 23 de junio de 2011 Vistos los autos: “Recurso de hecho deducido por la actora en la causa C., L. c/ Administración Nacional de la Seguridad Social y otro s/ (materia: previsional) reajustes varios”, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que de las constancias agregadas a fs. 57, 62 vta. y 70 vta. surge que el escrito en el que se dedujo el recurso de queja ha sido presentado ante este Tribunal una vez vencido el plazo para su interposición (arts. 282 y 285 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación), motivo por el cual corresponde declararlo extemporáneo (Fallos: 303:870; 306:767 y 323:831).

Por ello, se desestima esta presentación directa.

N. y archívese.

RICARDO LUIS LORENZETTI - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA - E.

RAÚL ZAFFARONI - CARMEN M. ARGIBAY.

ES COPIA Recurso de hecho interpuesto por L.;Cari, representado por la Dra. R.;delR.;Palacios de M..

Tribunal de origen: Sala II de la Cámara Federal de la Seguridad Social.

Tribunales que intervinieron con anterioridad:

Juzgado de Federal de Primera Instancia Nº 2 de Salta.

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