Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 17 de Mayo de 2011, T. 149. XLVI

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

T. 149. XLVI.

RECURSO DE HECHO Técnicas Constructivas Industrializadas S.A. s/ Pequeño concurso preventivo – Recurso de revisión interpuesto por Administración Federal de Ingresos Públicos – Dirección General Impositiva – Recurso de casación.

Buenos Aires, 17 de mayo de 2011 Vistos los autos:

Recurso de hecho deducido por el Fisco Nacional - Administración Federal de Ingresos Públicos – Dirección General Impositiva en la causa Técnicas Constructivas Industrializadas S.A. s/ Pequeño concurso preventivo – Recurso de revisión interpuesto por Administración Federal de Ingresos Públicos – Dirección General Impositiva – Recurso de casación

, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja.

D. perdido el depósito de fs. 2 bis. N. y, oportunamente, archívese.

E.;I. HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA - CARMEN M. ARGIBAY.

ES COPIA Recurso de hecho interpuesto por: el Fisco Nacional - Administración Federal de Ingresos Públicos – Dirección General Impositiva, representada por la Dra. Ma- ría M.;Mosquera, en calidad de apoderada. Tribunal de origen: Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de Córdoba – Sala Civil y Comercial. Intervino con anterioridad:

Cámara de Apelaciones Civil y Comercial de 2º Nominación de la provincia de Córdoba y Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial de 13 Nominación nº 1 de la ciudad de Córdoba. -1-

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