Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 19 de Abril de 2011, S. 204. XLVI

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

S. 204. XLVI.

RECURSO DE HECHO S., E.;María c/ Poder Ejecutivo Nacional s/ amparo.

Buenos Aires, 19 de abril de 2011 Vistos los autos: “Recurso de hecho deducido por el Estado Nacional – Ministerio de Economía y Producción en la causa S., E.;María c/ Poder Ejecutivo Nacional s/ amparo”, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que resulta aplicable en el sub examine el criterio establecido por el Tribunal al decidir la causa T.186.XLIV.

T., P.G. y otro c/ PEN – ley 25.561 – dtos. 1570/01 214/02 s/ amparo sobre ley 25.561

, sentencia del 7 de septiembre de 2010, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitirse, en lo pertinente, por razones de brevedad.

Por ello, de conformidad con lo dictaminado por la señora P.F., se hace lugar a la queja, se declara formalmente procedente el recurso extraordinario y se revoca la sentencia apelada. Costas por su orden en razón de la complejidad de las cuestiones planteadas. Agréguese la presentación directa a los autos principales. N. y devuélvase. E.;I. HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE S.;PETRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA -E. RAÚL ZAFFARONI.

ES COPIA Recurso de hecho interpuesto por el Estado Nacional, Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, representado por la Dra. S.;C. Arias. Tribunal de origen: Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal. Tribunal que intervino con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Federal nº 1. -1-

Para acceder al dictamen de la Procuración General de la Nación ingrese a:

http://www.mpf.gov.ar/dictamenes/2010/monti/dic/3/sarquis_elena_maria_s_204_l_xlvi.pdf Títulos de la deuda pública - Pesificación - Emergencia económica - Cosa juzgada - Bonos - Ejecución de sentencia -2-

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