Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 19 de Abril de 2011, C. 821. XLVI

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

Competencia Nº 821. XLVI.

T., R. c/ Asoc.

C.. Est.

Exp.

A..

I.S.P. s/ acción autónoma de nulidad.

Buenos Aires, 19 de abril de 2011 Autos y Vistos:

De conformidad con lo dictaminado por la señora Procuradora Fiscal, se declara que resulta competente para conocer en las actuaciones el Juzgado Federal de Primera Instancia de Presidencia R.S.P., al que se le remitirán.

H. saber al Juzgado de Primera Instancia del Trabajo nº 1 de la Segunda Circunscripción Judicial de la provincia del Chaco. C.;S. FAYT - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA - E. RAÚL ZAFFARONI - CARMEN M. ARGIBAY.

ES COPIA -1-

Para acceder al dictamen de la Procuración General de la Nación ingrese a:

http://www.mpf.gov.ar/dictamenes/2010/beiro/11-noviembre/trangoni_rodolfo_comp_821_l_46.pdf Nulidad de sentencia - juicio laboral - Instituto de Tecnología Agropecuaria - Competencia federal -2-

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