Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 19 de Abril de 2011, C. 408. XLIV

Fecha19 Abril 2011
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

C. 408. XLIV.

RECURSO DE HECHO Caja Complementaria para la Actividad Docente c/ Arzobispado de Tucumán Buenos Aires, 19 de abril de 2011 Vistos los autos:

Recurso de hecho deducido por la demandada en la causa Caja Complementaria para la Actividad Docente c/ Arzobispado de Tucumán

, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el apelante no ha cumplido con los recaudos exigidos por los artículos y del reglamento aprobado por acordada 4/07.

Por ello, se desestima la queja y se da por perdido el depósito de fs.

160.

N. y archívese.

R.L.L.;- ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA -E. RAÚL ZAFFARONI (según su voto) - CARMEN M. ARGIBAY.

ES COPIA VO -1-

C. 408. XLIV.

RECURSO DE HECHO Caja Complementaria para la Actividad Docente c/ Arzobispado de Tucumán TO DEL SEÑOR MINISTRO DOCTOR DON E. RAÚL ZAFFARONI Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina la presente queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la presentación directa y se da por perdido el depósito de fs. 160. N. y archívese. E. RAÚLZ..

ES COPIA Recurso de hecho interpuesto por el Arzobispado de Tucumán, representado por el Dr. R.;Casimiro Ruffo. Tribunal de origen: Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán. Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Federal Nº 1 de Tucumán, Provincia de Tucumán. -3-

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR