Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 15 de Marzo de 2011, O. 89. XLVI

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

O. 89. XLVI.

RECURSO DE HECHO Obra Social del Personal de la Empresa Nacional de Correos y Telégrafos S.A. y de Comunicaciones de la República Argentina c/ Empresa Nacional de Correos y Telégrafos S.A. en liquidación s/ ordinario – incidente de apelación de honorarios.

Buenos Aires, 15 de marzo de 2011 Autos y Vistos; Considerando:

Que por no haberse acreditado oportunamente el depósito pertinente, tras la intimación dispuesta por secretaría a fs. 51, y reiterada por el Tribunal a fs. 56/57, corresponde hacer efectivo el apercibimiento formulado.

Por ello, se desestima la queja.

N. y, oportunamente, archívese.

R.L.L. -E.I.

HIGHTON de NOLASCO - CARLOS S. FAYT - JUAN CARLOS MAQUEDA - E.

RAÚL ZAFFARONI - CARMEN M. ARGIBAY.

ES COPIA Recurso de hecho interpuesto por: el Dr. J.;Antonio Presta, por derecho propio. Tribunal de origen: Sala III de la Cámara Federal de Seguridad Social. Tribunal que intervino con anterioridad:

Juzgado Federal de Primera Instancia de la Seguridad Social nº 3. -1-

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