Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 2 de Marzo de 2011, L. 428. XLIV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

L. 428. XLIV.

RECURSO DE HECHO L., L. y otro s/ estafa y adulteración de documento privado equiparable a público —causa nº 45.981—. Buenos Aires, 2 de marzo de 2011 Vistos los autos:

Recurso de hecho deducido por Citibank NA Sucursal Buenos Aires en la causa L., L. y otro s/ estafa y adulteración de documento privado equiparable a público —causa nº 45.981—

, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que frente a la subordinación existente entre las cuestiones planteadas en el sub lite con la decisión tomada por esta Corte en la causa L.924.X. “Lipnizky, L.J. y otro s/ estafa y adulteración de documento privado equiparable a público —causa nº 45.981—”, Fallos: 333:1869 (conf. proveído de fs.

78; copia de fs.

81/85), la revocación dispuesta de la sentencia condenatoria dictada por la Sala Primera de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional torna abstracto el tratamiento del recurso extraordinario promovido por “Citibank N.A.” a fs. 26/55, cuya parcial denegación a fs. 67/68 dio lugar a esta presentación directa, y, por ende, inoficioso todo pronunciamiento del Tribunal.

Que corresponde reintegrar el depósito establecido en el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación cuando —como en el caso— la Corte se abstiene de dictar pronunciamiento en la queja por considerarlo inoficioso (causa P.2032.XL “P., S.;Enrique s/ querella por calumnias e inju--1-

rias en perjuicio de R., J.C. —causa nº 15.061/02—”, sentencia del 27 de abril de 2010, y sus citas).

Por ello se declara abstracta la cuestión planteada.

R. el depósito de fs. 76. H. saber y, oportunamente, archívese.

CARLOS S.

FAYT - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA - E. RAÚL ZAFFARONI.

ES COPIA Recurso de hecho interpuesto por el Citibank N.A., representado por los Dres.

P.E.M. y A.P., con el patrocinio del Dr. D.H.S.;Jean. Tribunal de origen:

Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, S.;I.T. que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional de Instrucción nº 49. -2-

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