Decreto/ley 10375/1956

Fecha de disposición25 Junio 1956
Fecha de publicación25 Junio 1956
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales
Número de Gaceta18177

DECRETO-LEY N° 10.375

JORNADA DE TRABAJO

El Presidente Provisional de la Nación Argentina en Ejercicio del Poder Legislativo, Decreta con Fuerza de Ley:

Artículo 1°

Modifícase la Ley Nacional N° 11.544 del 12 de setiembre de 1929, agregando como último párrafo al art. 1° el siguiente: "La limitación establecida por esta ley es máxima y no impide una duración del trabajo menor de 8 horas diarias o 48 semanales para las explotaciones señaladas".

Art. 2°

Queda especialmente establecido que la limitación de la duración del trabajo por día o semana resultante de la aplicación de las leyes locales vigentes a la fecha del presente decreto-ley sobre descanso dominical, sábado ingles y apertura o cierre uniforme, así como la retribución de tales pausas, son compatibles con el sistema de la Ley 11.544.

Art. 3°

El presente decreto-ley será refrendado por el Excmo. señor Vicepresidente Provisional de la Nación y señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Interior, Justicia y Educación, Trabajo y Previsión, Ejército, Marina y Aeronáutica.

Art. 4°

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección General del Boletín Oficial y...

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