Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 15 de Febrero de 2011, C. 620. XLVI

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

Competencia N° 620. XLVI.

F., C.;Francisco s/ encubrimiento.

Buenos Aires, 15 de febrero de 2011 Autos y Vistos:

Por los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor P.;Fiscal a los que corresponde remitirse en razón de brevedad, se declara que deberá enviarse el presente incidente al Juzgado de Garantías n° 4 del Departamento Judicial de Lomas de Z., provincia de Buenos Aires, para que continúe con la investigación en relación con el pedido de secuestro que, a raíz de un delito prendario, se originó respecto del vehículo incautado, y envíe copia de las partes pertinentes al Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción n° 5, que investiga el robo del vehículo, con el fin de que profundice su investigación.

H. saber a este último.

R.L.L. -E.I.

HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - E.

RAÚL ZAFFARONI - CARMEN M. ARGIBAY.

ES COPIA -1-

Para acceder al Dictamen de la Procuración General de la Nación ingrese a :

http://www.mpf.gov.ar/dictamenes/2010/casal/nov/f_carlos_comp_620_l_xlvi.pdf Secuestro – Automotores – Incautacion – Encubrimiento - Competencia ordinaria -2-

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