Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 26 de Mayo de 2010, G. 1026. XLIV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

G. 1026. XLIV.

RECURSO DE H.G., R.;Alberto c/ Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

Año del B.; B.;Aires, 26 de mayo de 2010 Vistos los autos: ARecurso de hecho deducido por el Estado Nacional - Poder Ejecutivo Nacional - Ministerio de Justicia Seguridad y Derechos Humanos en la causa G., R.A.;c/ Ministerio de Justicia y Derechos Humanos@, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación motiva la presente queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, oída la señora Procuradora Fiscal, se desestima la queja.

Dase por perdido el depósito a realizar (fs.

2, 61/61 vta. y 62).

N. y, oportunamente, archívese.

R.L.L. -E.I.

HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE S.;PETRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA - E. RAULZ.;- CARMEN M. ARGIBAY.

ES COPIA Recurso de hecho interpuesto por el Estado Nacional - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, representado por la Dra. M.;E. Abdala, con el patrocinio letrado del Dr. N.;S. Bisaro.

Tribunal de origen: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, S.;III. -1-

Para acceder al Dictamen de la Procuración General de la Nación ingrese a:

http://www.mpf.gov.ar/dictamenes/2009/monti/ago-sept/4/gonzalez_ricardo_g_1026_l_xliv.pdf Remisión Portugheis - Exilio gobierno de facto - Indemnización -2-

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