Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 26 de Mayo de 2010, C. 773. XLV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

Competencia N1 773. XLV.

D.;Mazo, R. y S.;Rodríguez, F. s/ defraudación.

Año del B.; B.;Aires, 26 de mayo de 2010 Autos y Vistos; Considerando:

Que al caso resulta aplicable, en lo pertinente, lo resuelto por este Tribunal en la Competencia "C., E.M." (Fallos: 328:315) a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitirse en razón de brevedad.

Por ello y de conformidad con lo dictaminado por el señor P.F., se declara que deberá entender en la presente causa el Juzgado de Instrucción n1 6 de San Carlos de Bariloche, Tercera Circunscripción Judicial de la provincia de Río Negro, al que se le remitirá.

H. saber al Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción n1 7. R.;LUISL.;- ELENA I. HIGHTON de NOLASCO - CARLOS S. FAYT - ENRIQUE S.;PETRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA - E. RAULZ.;- CARMEN M. ARGIBAY.

ES COPIA

Para acceder al Dictamen de la Procuración General de la Nación ingrese a:

http://www.mpf.gov.ar/dictamenes/2010/gw/abril/d_m_raul_comp_773_l_45.pdf Estafa - Cheque - Conflicto de competencia

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