Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 4 de Mayo de 2010, R. 289. XLV
Emisor | Suprema Corte de Justicia (Argentina) |
R. 289. XLV.
R.;S.A. c/ Banco de la Nación Argentina s/ ordinario.
Año del B.; B.;Aires, 4 de mayo de 2010 Vistos los autos:
ARotras S.A. c/ Banco de la Nación Argentina s/ ordinario@.
Considerando:
Que el recurso extraordinario deducido a fs. 849/860 no cumple con los recaudos exigidos por los arts.
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y 3° inciso a del reglamento aprobado por la acordada 4/2007 de este Tribunal.
Por ello, se lo desestima (art. 11 de la acordada 4/2007 citada). N. y devuélvase. E.;I. HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA - CARMEN M.
ARGIBAY.
ES COPIA Recurso extraordinario interpuesto por el representante de la firma Rotras S.A., con el patrocinio letrado del Dr. Á.;Enzo Baltuzzi.
Traslado contestado por el apoderado del Banco de la Nación Argentina - Sucursal Rosario, Dr. O.;Rubén Cimino y por el Estado Nacional, representado por la Dra.
A.;Mazza.
Tribunal de origen: Cámara Federal de Apelaciones de Rosario.
Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Federal de Primera Instancia n° 2 de Rosario. -1-
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Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 27 de Septiembre de 2011, A. 1069. XXXVIII
...de la Nación), sin que se den en el caso circunstancias estrictamente excepcionales que autoricen a apartarse de tal principio (conf. R.289.XLV “Rotras S.A. c/ Banco de la Nación Argentina s/ demanda ordinaria”, sentencia del 24 de agosto de ) Que, en efecto, este Tribunal fundó el apartami......
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...de la Nación), sin que se den en el caso circunstancias estrictamente excepcionales que autoricen a apartarse de tal principio (conf. R.289.XLV “Rotras S.A. c/ Banco de la Nación Argentina s/ demanda ordinaria”, sentencia del 24 de agosto de ) Que, en efecto, este Tribunal fundó el apartami......