Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 27 de Abril de 2010, C. 840. XLV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

Competencia N° 840. XLV.

B., M. s/ insania.

Año del B.; B.;Aires, 27 de abril de 2010 Autos y Vistos:

De conformidad con lo dictaminado por la señora P.;Fiscal y por el señor Defensor Oficial ante esta Corte, se declara que resulta competente para conocer en las actuaciones el Tribunal Colegiado de Instancia Única del Fuero de Familia n1 1 del Departamento Judicial de San Isidro, provincia de Buenos Aires, al que se le remitirán.

Este tribunal deberá instrumentar las medidas necesarias tendientes a resguardar la integridad psicofísica del causante. H. saber al Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil n1 23. R.;LUIS LORENZETTI - ELENA I. HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE S.;PETRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA.

ES COPIA

Para acceder al Dictamen de la Procuración General de la Nación ingrese a :

http://www.mpf.gov.ar/dictamenes/2009/beiro/b_m_comp_840_l_xlv.pdf Resguardo de identidad psicofísica - Domicilio constituido - Competencia ordinaria local.

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