Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 27 de Abril de 2010, C. 473. XLV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

Competencia N° 473. XLV.

R., R.E. c/ Club Atlético Gimnasia y Esgrima s/ ordinario - enfermedad accidente.

Año del B.; B.;Aires, 27 de abril de 2010 Autos y Vistos; Considerando:

Que esta Corte comparte y hace suyos los fundamentos y conclusiones del dictamen de la señora Procuradora Fiscal, a los que cabe remitir por razones de brevedad.

Por ello, de conformidad con el mencionado dictamen, remítanse las actuaciones, a sus efectos, al Juzgado de Conciliación de Segunda Nominación de la Primera Circunscripción de la provincia de Córdoba. H. saber a la Cámara Cuarta del Trabajo de la Primera Circunscripción Judicial de la provincia de Mendoza, por intermedio de la Sala Segunda de la Suprema Corte de Justicia de la mencionada jurisdicción local.

CARLOS S.

FAYT - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA - E. RAUL ZAFFARONI.

ES COPIA

Para acceder al Dictamen de la Procuración General de la Nación ingrese a:

http://www.mpf.gov.ar/dictamenes/2010/beiro/2-febrero/ramirez_ruben_comp_473_l_xlv.pdf Indemnización - Bien inembargable - Incapacidad laborativa total y permanente - Competencia ordinaria local.

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