Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 27 de Abril de 2010, O. 459. XLI

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

O. 459. XLI.

ORIGINARIO

Orbis Mertig San Luis S.A.I.C. c/ Buenos Aires, Provincia de s/ acción declarativa de inconstitucionalidad.

Año del B.; B.;Aires, 27 de abril de 2010 Autos y Vistos; Considerando:

Que las constancias correspondientes a estas actuaciones y las caratuladas "Orbis Mertig San Luis S.A.I.C. c/ Fisco de la Provincia de Buenos Aires s/ pretensión declarativa de certeza" que tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo n1 1 del departamento judicial de La Plata (obrantes a fs. 122/348), demuestran que en ambos procesos el objeto y la causa de la pretensión son los mismos, esto es, "que se declare la inconstitucionalidad del inciso b) del artículo 39 de la ley 11.490 e inciso b) del artículo 21 de la ley 11.518 que condicionan la exención a las industrias en el impuesto sobre los ingresos brutos a su localización" en la Provincia de Buenos Aires, y que sólo varían respecto de los períodos impositivos comprometidos, es decir, los que corren desde julio de 1994 a diciembre de 2004 en la actuaciones radicadas en el fuero contencioso administrativo de la Provincia de Buenos Aires (conf. fs. 155, 258 y 271) y desde 2005 y siguientes, en esta causa (conf. fs 47, pto. II y 108).

Que, por consiguiente, al ser este proceso la prolongación de la controversia planteada ante la jurisdicción local, la aplicación del principio de la perpetuatio jurisdictionis determina la continuidad de la competencia de ese tribunal a fin de permitir la unidad de criterio y evitar el dictado de pronunciamientos contradictorios (arg. causa L.467.XLIV "La Pampa, Provincia de c/ Estado Nacional y otra s/ cobro de sumas de dinero", pronunciamiento del 24 de noviembre de 2009).

Por ello, se resuelve: Declarar la incompetencia de esta Corte para conocer en forma originaria en estas actuaciones.

N..

  1. al señor P. General de la -1-

Nación y, oportunamente, remítanse las actuaciones al Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo N1 1 del departamento judicial de La Plata, para la continuación de su trámite.

ELENA I.

HIGHTON de NOLASCO - CARLOS S.

FAYT - ENRIQUE S.;PETRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA.

ES COPIA Parte actora: Orbis Mertig San Luis S.A.I.C, representada por el Dr. J.;IgnacioB. y con el patrocinio letrado del Dr. R.;R. Spisso.

Parte demandada: Provincia de Buenos Aires, representada por los Dres. Alejandro J.

Fernández Llanos y L.;M. Petcoff. -2-

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