Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 27 de Abril de 2010, S. 1323. XLII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

S. 1323. XLII.

RECURSO DE HECHO S., R. c/ Municipalidad de Santa Fe.

Año del B.; B.;Aires, 27 de abril de 2010 Autos y Vistos; Considerando:

Que habida cuenta de que la sentencia de este Tribunal es lo suficientemente clara, y que no se configura ninguno de los supuestos contemplados en el artículo 166, inciso 2°, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, corresponde rechazar el pedido de aclaratoria formulado por el actor a fs. 231.

Por ello, se desestima el recurso de aclaratoria. N. y estése a lo dispuesto a fs. 226/228. E.;I. HIGH- TON de NOLASCO - ENRIQUE S.P. -J.C.M.;- E. RAUL ZAFFARONI - CARMEN M. ARGIBAY.

ES COPIA Recurso de aclaratoria deducido por R.;Sánchez, actor en autos, representado por el Dr. J.;Manuel Bergallo, en calidad de apoderado. -1-

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