Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 23 de Marzo de 2010, A. 1326. XLIV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

A. 1326. XLIV.

ORIGINARIO

Asociación de fotógrafos y operadores de video profesionales de Parque Iguazú c/ Misiones, Provincia de y otros s/ acción declarativa de certeza.

Año del B.; B.;Aires, 23 de marzo de 2010 Autos y Vistos; Considerando:

Que la cuestión planteada resulta sustancialmente análoga a la examinada y resuelta por esta Corte en la causa C.1696.XLIV ACataratas 2.000 S.R.L. c/ Misiones, Provincia de y otros s/ acción declarativa de certeza@, sentencia de la fecha, a cuyos argumentos y conclusión corresponde remitir en razón de brevedad y con el propósito de evitar repeticiones innecesarias.

Que no obstante ello, y tal como se decidió en la sentencia citada, no corresponde en el caso reconocerle el carácter de parte adversa al Estado Nacional demandado, pues el objeto del litigio demuestra que es la Administración de Parques Nacionales el sujeto pasivo legitimado, en su condición de autoridad de aplicación de la ley 22.351 y de ente autárquico con competencia y capacidad para actuar respectivamente en el ámbito del derecho público y privado, y que, a su vez, es continuador jurídico del organismo creado por la ley 12.103, modificada por el decreto-ley 654/58 y las leyes 18.594 y 20.161 (artículo 14 de la citada ley 22.351).

Por ello, de conformidad con lo dictaminado por la señora Procuradora Fiscal, se resuelve: I. Declarar que la presente causa corresponde a la competencia originaria de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

II.

De acuerdo con lo dispuesto por los artículos 319 y 322 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, imprimir a la presente causa el trámite del proceso ordinario. En su mérito, correr traslado de la demanda a la Provincia de Misiones por el término de sesenta días y a la Administración de Parques Nacionales por el plazo de treinta días (artículos 338 y concordantes del código citado y artículo 9° de la ley 25.344). A fin de practicar la notificación correspondiente al señor Gobernador -1-

de la provincia y al señor F. de Estado líbrese oficio al señor juez federal de la ciudad de Posadas, y para su comunicación a la entidad autárquica demandada, líbrese oficio al Directorio de la Administración de Parques Nacionales. N. a la parte actora y comuníquese al señor Procurador General de la Nación. E.;I. HIGHTON de NOLASCO - CARLOS S.

FAYT - ENRIQUE S.;PETRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA.

ES COPIA Parte actora:

Asociación de fotógrafos y operadores de video profesionales de Parque Iguazú, única interviniente, representada por el Dr. R.;Ariel CardaciM., con el patrocinio letrado del Dr. E.;Alberto Marcer. -2-

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