Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 16 de Febrero de 2010, Y. 92. XLI

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

Y. 92. XLI.

RECURSO DE HECHO Y., F. c/ ANSeS.

Año del B.; B.;Aires, 16 de febrero de 2010 Vistos los autos: ARecurso de hecho deducido por la actora en la causa Yáñez, Florentino c/ ANSeS@, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que las objeciones vinculadas con la determinación del haber inicial y con la necesidad de revisar el criterio adoptado en el caso "Chocobar", suscitan el examen de cuestiones sustancialmente análogas a las resueltas por el Tribunal en los precedentes "Monzo" (Fallos: 329:3211) y "S." (Fallos: 328:1602 y 2833), respectivamente, por lo que deberá estarse a lo allí resuelto.

La jueza A. se remite en cuanto a la actualización de las remuneraciones para determinar el haber inicial, a su voto en la causa "L." (Fallos: 331:2538).

Que el planteo del actor sobre las costas ha sido resuelto en contra de sus pretensiones por esta Corte en la causa "Flagello" Fallos: 331:1873 (votos concurrentes y disidencias), a cuyas consideraciones corresponde remitirse por razón de brevedad.

Por ello, el Tribunal resuelve: declarar procedente el recurso extraordinario interpuesto por la parte actora y revocar la sentencia apelada de acuerdo a los precedentes "M." y "S." mencionados. N., agréguese la queja al principal y, oportunamente, devuélvase. R.;LUIS LO- RENZETTI - ELENA I. HIGHTON de NOLASCO - CARLOS S. FAYT - JUAN C.;MAQUEDA - E. RAÚL ZAFFARONI - CARMEN M. ARGIBAY.

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