Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 7 de Diciembre de 2010, E. 62. XLVI

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

E. 62. XLVI.

ORIGINARIO

Empresa Pesquera de la Patagonia y Antártida S.A. c/ Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, Provincia de s/ acción declarativa de inconstitucionalidad.

Año del B.; B.;Aires, 7 de diciembre de 2010 Autos y Vistos; Considerando:

Que la cuestión planteada resulta sustancialmente análoga a la resuelta en la fecha en la causa G.195.XLVI “Glaciar Pesquera S.A. c/ Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, Provincia de s/ acción declarativa de inconstitucionalidad”, a cuyos argumentos corresponde remitir en razón de brevedad y con el fin de evitar repeticiones innecesarias.

Por ello, y de conformidad con lo dictaminado por la señora Procuradora Fiscal, se resuelve:

I.

Declarar que la presente causa corresponde a la competencia originaria de la Corte Suprema (artículos 116 y 117, Constitución Nacional). II. Correr traslado de la demanda a la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur por el plazo de sesenta días (artículo 338, Código Procesal Civil y Comercial de la Nación), imprimiéndole al presente proceso el trámite de los juicios ordinarios.

A los fines de su notificación a la señora gobernadora y al señor fiscal de Estado, líbrese oficio al señor juez federal de la ciudad de Ushuaia.

III.

Rechazar la medida cautelar solicitada. N.. E.;I. HIGHTON de NOLASCO - CARLOS S. FAYT - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA - CARMEN M. ARGIBAY.

ES COPIA Parte actora: Empresa Pesquera de la Patagonia y Antártida S.A., representada por la señora Norma Uncos (apoderada), con el patrocinio del D.A.A.;Pera. Parte demanda: Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. -1-

Para acceder al Dictamen de la Procuración General de la Nación ingrese a : http://www.mpf.gov.ar/dictamenes/2010/monti/mayo/3/empresa_pesquera_e_62_l_xlvi.pdf http://www.mpf.gov.ar/dictamenes/2010/monti/mayo/3/glaciar_pesquera_sa_g_195_l_xlvi.pdf Aduana – Pesca - Exportación -2-

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