Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 16 de Noviembre de 2010, F. 798. XLII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

F. 798. XLII.

RECURSO DE HECHO F., P.Á. c/ Municipalidad de Santa Fe - C.P.L. (n° 45/02).

Año del B.; B.;Aires, 16 de noviembre de 2010 Autos y Vistos, Considerando:

11) Que contra el pronunciamiento del Tribunal que declaró la caducidad de la instancia en la presente queja, el actor interpuso un recurso de reposición.

21) Que no son suficientes las razones invocadas por el recurrente para justificar que no tomó conocimiento de la cédula de notificación fijada por el oficial notificador, pues configuran meras presunciones que no han sido corroboradas en el sub examine.

31) Que tampoco es atendible el argumento según el cual, en una causa anterior (F.568.XLI "F., P.;Ángel c/ Municipalidad de Santa Fe CC.P.L.C"), no se le exigió que acreditara la personería.

Por ello, se resuelve desestimar el recurso de reposición interpuesto contra la resolución de fs. 35. N. y, oportunamente, archívese. E.;I. HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - E. RAUL ZAFFARONI - CARMEN M.

ARGIBAY.

ES COPIA Recurso de reposición interpuesto por P.;Ángel Fontana, actor en autos, repre- sentado por los Dres. M.;Salvador Taborda y S.;Lía Trod. -1-

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR