Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 9 de Noviembre de 2010, A. 247. XLVI

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

A. 247. XLVI.

RECURSO DE HECHO Aerocargas Argentinas S.A. c/ Comisión Nacional de Comunicaciones Resol. 6179/08 y otro s/ medida cautelar autónoma.

Año del B.; B.;Aires, 9 de noviembre de 2010 Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la actora en la causa Aerocargas Argentinas S.A. c/ Comisión Nacional de Comunicaciones Resol. 6179/08 y otro s/ medida cautelar autónoma", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que la queja no satisface los recaudos previstos en el artículo 41 del reglamento aprobado por la acordada 4/2007.

Por ello, se desestima la queja. D. perdido el depósito de fs. 42. N. y, oportunamente, archívese.

R.;LUIS LORENZETTI - ELENA I. HIGHTON de NOLASCO - ENRI- QUE SANTIAGO PETRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA - CARMEN M. AR- GIBAY.

ES COPIA Recurso de hecho interpuesto por la actora, Aerocargas Argentinas S.A., represen- tada por su P.;Gustavo Quiroga, con el patrocinio letrado del Dr. P.R.;Saravia.

Tribunal de origen: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal - Sala III.

Tribunal que intervino con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal n1 8. -1-

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