Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 19 de Octubre de 2010, A. 86. XLV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

N. 21. XLV. y otros.

N., S.;José c/ AFIP (DGI) s/ inci- dente de nul. de la ejecución e inconstitucionalidad.

Año del Bicentenario Buenos Aires, 19 de octubre de 2010 Vistos los autos: "'N., S.;José c/ AFIP (DGI) s/ incidente de nul. de la ejecución e inconstitucionalidad'; S.76.XLV Seguridad y Prevención S.A. c/ AFIP (DGI) Regional Resistencia s/ incidente de nulidad e inconstitucionalidad'; D.238.XLV 'Dinani, P. s/ incidente de nulidad de la ejecución e inconstitucionalidad'; C.113.XLV 'C., A.E. c/ AFIP (D.G.I.) Regional Resistencia s/ incidente de nulidad'; A.86.XLV 'A., E.;Armando c/ AFIP (D.G.I.) s/ incidente nulidad e inconstitucionalidad'; S.1034.XLIV 'Seguridad y Prevención S.A. c/ AFIP (D.G.I.) s/ incidentes de nulidad e inconstitucionalidad'; F.308.XLV 'F., S. c/ AFIP (D.G.I.) Regional Resistencia s/ incidente de nulidad'; F.741.XLIV 'F., F.;Omar c/ AFIP s/ incidente de inconstitucionalidad y nulidad de la ejecución'; S.944.XLIV 'Servicios y Protección S.A. c/ AFIP (D.G.I.) Regional Resistencia s/ incidente de inconstitucionalidad'; L.55.XLV 'Lazara, A.L. c/ AFIP (D.G.I.) s/ incidente de nulidad e inconstitucionalidad'; N.227.XLIV 'N., R.E. c/ AFIP (DGI) s/ incidente de nulidad y levantamiento de medidas cautelares e inconstitucionalidad (Ej. Fisc.-tributario)' y S.516.XLV 'Seguridad & Prevención S.A. c/ AFIP (D.G.I.) Regional Resistencia s/ incidente de nulidad'".

Considerando:

Que de acuerdo con el criterio establecido por esta Corte en la causa A.900.XXXVII "A.F.I.P.

- A.N.S.E.S. c/ Cabodevilla, G.;Alberto s/ ejecución fiscal", sentencia del 14 de septiembre de 2010, cuyos fundamentos y conclusiones se dan por reproducidos, en razón de brevedad, no obsta a la procedencia de los recursos extraordinarios en examen la circunstancia de que las sentencias impugnadas hayan sido -1-

dictadas por un juzgado de primera instancia.

Que en cuanto a la cuestión de fondo, resulta aplicable a estos autos el criterio establecido por el Tribunal en la causa A.910.XXXVII "Administración Federal de Ingresos Públicos c/ Intercorp S.R.L. s/ ejecución fiscal", sentencia del 15 de junio de 2010 a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde asimismo remitirse, en lo pertinente, por razones de brevedad.

Por su parte, los jueces Highton de N., P. y A. se remiten a sus respectivas disidencias emitidas en el fallo citado en último término.

Por ello, por mayoría, se declaran procedentes los recursos extraordinarios, y se confirman parcialmente las sentencias apeladas en los términos y con los alcances indicados en el precedente "A.F.I.P. c/ Intercorp". Costas por su orden en atención a la complejidad de la cuestión debatida y a la forma en que se resuelve. N. y devuélvanse los autos a fin de que el tribunal a quo, por quien corresponda, proceda de acuerdo con lo aquí decidido. R.;LUIS LORENZETTI -E.;I. HIGHTON de NOLASCO - CARLOS S. FAYT - ENRIQUE SAN- TIAGO PETRACCHI - JUAN C.;MAQUEDA - E. RAUL ZAFFARONI -C.;M. ARGIBAY.

ES COPIA -2-

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